Resolución N° 359/12/0112
Nro de Expediente:
3220-027757-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2012


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 10 por falta de carne de salud al establecimiento destinado a rotisería sito en la calle Paysandú No. 1008 propiedad de la empresa Antony Chaparro, R.U.T.: 216677520017

Montevideo, 12 de Abril de 2012.-
 
      VISTO: estos obrados relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a rotisería, propiedad de la empresa Antony Chaparro, R.U.T.: 216677520017, sito en la calle Paysandú No. 1008, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones (2 carnés de salud), b) se solicita aplicar 2 multas de U.R. 5, según lo dispuesto por el Artículo D.1127 del Volumen VI del Digesto Municipal;
      2o.) que el Concejo Municipal – Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESULEVE:
      1.- Aplicar 2 multas de U.R. 5 (total U.R. 10 - Unidades Reajustables diez) a la empresa Antony Chaparro, R.U.T.: 216677520017, propietaria del establecimiento destinado a rotisería, sito en la calle Paysandú No. 1008, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal