Resolución N° 172/24/0112
Nro de Expediente:
2021-3220-98-000649
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/4/2024


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 33.00 (Unidades Reajustables treinta y tres con cero centésimos), a la empresa NUESTRA HISTORIA SRL, RUT 218 591 160 019, responsable del establecimiento destinado a gastronómia, sito en la calle PARAGUAY Nº 1150

Montevideo, 10 de Abril de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, perteneciente a la empresa NUESTRA HISTORIA SRL, RUT 218 591 160 019, sito en la calle PARAGUAY Nº 1150, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, se pudo comprobar que no se cumplió con las intimaciones realizadas por Resoluciones Nº 174/22/0112 de fecha 28/06/2022, N° 3/23/0112 de fecha 06/02/2023 y 303/23/0112 de fecha 05/09/2023, intimándosele nuevamente a la regularización de la situación o al retiro inmediato de las mesas y sillas en infracción, de la vía publica;
    2º) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 33.00, por infracción a lo dispuesto por Resolución Nº 4890/11, de los Dec. 32082 y 21626 y disponer el retiro inmediato de las mesas y sillas de la vía publica hasta tanto no se presente la regularización;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 33.00 (Unidades Reajustables treinta y tres con cero centésimos), a la empresa NUESTRA HISTORIA SRL, RUT 218 591 160 019, responsable del establecimiento destinado a gastronómia, sito en la calle PARAGUAY Nº 1150 con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 a efectos de notificar al infractor.
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal