Resolución N° 386/22/0112
Nro de Expediente:
2022-0012-98-000177
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/10/2022


Tema:
AUTORIZAR GASTOS

Resumen:
Reiterar el gasto emergente de la Resolución Nº 325/22/0112 de fecha 29 de Agosto de 2022 a favor de la Asociación Civil “JUVENTUD PARA CRISTO”

Montevideo, 3 de Octubre de 2022.-
 
    VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Convenio a suscribirse entre este Municipio y la Asociación Civil "Juventud para Cristo";
    RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 325/22/0112 de fecha 29 de Agosto de 2022, el Gobierno Municipal B aprobó el convenio de referencia;
    2º) que se autorizó la imputación parcial solicitud SPFI Nº 111985;
    3º) que el Tribunal de Cuentas de la República, por Resolución Nº 2325/2022 aprobada en sesión de fecha 14 de Septiembre de 2022 (E.E. Nº 2022-17-1-0004369, Ent. Nº 3506/2022), observó el gasto por considerar que no se dio cumplimiento a lo dispuesto por Art. 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF);
    4º) que tal como se viene desarrollando desde hace años esta política social de convenios se enmarca en las políticas sociales que el Municipio B desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores sociales que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativo – laboral, dirigida a personas en condición de vulnerabilidad social. La política social de empleo, – por medio de los convenios educativo laborales- apunta a la promoción de un proceso, a través del cual, los participantes incorporen herramientas que colaboren a mejorar su condición. En este marco se conceptualiza el trabajo como instrumento pedagógico y socializador. De este modo, el trabajo constituye un ámbito estructurador que posibilita: a) reforzar la identidad, b) desarrollar y profundizar los vínculos en las diferentes situaciones laborales, responsabilidad, derechos y deberes, relacionamiento con la autoridad y hábitos de trabajo, c) incorporar normas formales de conductas sociales, estableciendo redes vinculantes desde la perspectiva de género según el segundo Plan de Igualdad, oportunidades y derechos entre ciudadanos de Montevideo;
    CONSIDERANDO: 1º) que el Municipio viene desarrollando esta política social de convenios educativos y sostiene que los contratos que se suscriben se ajustan a la naturaleza jurídica de la donación y no dejan de ser actos de liberalidad de la Administración que no se agotan en una mera liberalidad, sino que requiere el cumplimiento de ciertas obligaciones -no equivalentes- a cargo de la organización beneficiaria o donataria, que constituye precisamente el cumplimiento de un modo. En el caso observado el cumplimiento del modo refiere justamente al desarrollo de las actividades que deben realizar los educandos y de los talleres a que deben asistir en el marco de esta política de convenios socio-educativos-laborales y de acuerdo a la propuesta presentada por cada Organización No Gubernamental en ese sentido. Las sumas donadas no suponen un arrendamiento de servicios sino que están encaminadas a fortalecer una política social donde el trabajo no es el fin último sino que significa un instrumento pedagógico y socializador para el desarrollo integral de los jóvenes destinatarios de esta política a través del trabajo;
    2º) que este tipo de contratación se realiza en el marco del Art. 24 num . IX del Decreto JDM Nº 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1o., lit. XIV, del Decreto JDM Nº 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 464 de fecha 30 de Septiembre de 2022 por unanimidad de integrantes (5 en 5), incluido el voto de la Alcaldesa, la aprobación de la presente reiteración;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Reiterar el gasto emergente de la Resolución Nº 325/22/0112 de fecha 29 de Agosto de 2022 a favor de la Asociación Civil “JUVENTUD PARA CRISTO”, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
    2.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal

Jorge Cossani,Concejal Municipal