Resolución N° 363/13/0112
Nro de Expediente:
3230-006222-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2013


Tema:
MODIFICAR RESOLUCION

Resumen:
Modificar resolución 108/13/0112 en lo relativo a la multa por falta de habilitación de mesas y sillas (1a. reincidencia) se aplica multa de U.R. 5.00 cuando lo que corresponde es aplicar multa de U.R. 10.00 (2a. reincidencia).-

Montevideo, 25 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Joaquín Requena No. 1392, propiedad de la empresa BAMETIR S.A., R.U.T. 215158540019;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No.2 solicita se modifique la resolución No. 108/13/0112, en todo lugar donde U.R. 5.00 (1a. reincidencia) debe decir U.R. 10.00 (2a. reincidencia);
        2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad; CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
        1.-Modificar la Resolución No. 108/13/0112 de fecha 21 de febrero de 2013 en todo lugar donde dice U.R. 5.00 debe decir U.R. 10.00 (2a. reincidencia), lo que figura entre paréntesis como 1a. reincidencia, y mantener sin modificación todos los demás términos de la resolución.-
        2.- Pase al Servicio Centro Comunal zonal No. 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal