Resolución N° 352/24/0112
Nro de Expediente:
2022-3220-98-000695
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/7/2024


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 493/23/0112 de fecha 20/12/2023, a los propietarios de la UNIDAD 202: GIOVANNI CARLO LAPACHIAN D’ELIA, C.I. 2.017.686-5 y UNIDAD 703: GABRIEL EDUARDO POTRIE BO, C.I. 1.881.050-0

Montevideo, 31 de Julio de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la multa aplicada a los copropietarios del edificio sito en la calle Cerrito Nº 517, Padrón Nº 3218;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) dichos copropietarios fueron multados por Resolución Nº 493/23/0112 de fecha 20/12/2023, por constatar la caída agua de varios aires acondicionados;
    b) que según informa el mencionado Servicio, con fecha 11/01/2024 se presentaron los copropietarios de las Unidades 202, 304 y 501 a efectos de solicitar se deje sin efecto la Resolución Nº 493/23/0112;
    c) según informe de la Aserora Letrada del Municipio B, considera que no es de recibo que no se confiriera vista a los interesados de las actuaciones, por el contrario, se notificó de la aplicación de la multa y se dio plazo para presentar descargos en más de una oportunidad, así surge de los antecedentes reseñados de las actuaciones cumplidas. De esta forma, y como consta del expediente se presentaron varios propietarios evacuando la vista (numeral 2), teniendo en cuenta lo expresado por los impugnantes, se sugiere notificar a la Administración del Edificio, a efectos de que se sirva informar qué unidades tienen instalados equipos y cuáles no cumplirían con la normativa a que refieren estas actuaciones, especialmente la situación de las unidades 003, 002, 204, 301, 302, 304, 402, 501, 502, 503, 602, 701, 703 y 801 y teniendo en consideración la prueba aportada por los interesados (fotos), surgiría que las unidades 202 y 703 cumplirían con la normativa departamental en cuanto al desagüe de sus aires acondicionados, por lo que correspondería se revoque parcialmente la resolución sancionatoria;
    d) que la Dirección del Municipio B da conformidad a lo informado;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 493/23/0112 de fecha 20/12/2023, a los propietarios de la UNIDAD 202: GIOVANNI CARLO LAPACHIAN D’ELIA, C.I. 2.017.686-5 y UNIDAD 703: GABRIEL EDUARDO POTRIE BO, C.I. 1.881.050-0, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Notifíquese a la Administración del Edificio, a efectos de que se sirva informar qué unidades tienen instalados equipos y cuáles no cumplirían con la normativa a que refieren estas actuaciones, especialmente la situación de las unidades 003, 002, 204, 301, 302, 304, 402, 501, 502, 503, 602, 701, 703 y 801.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación a los interesados y la Administración del Edificio, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal