Resolución N° 294/24/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000328
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/7/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Constituyente Nº 1954, padrón Nº 15610

Montevideo, 2 de Julio de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Constituyente Nº 1959 Unidad 204, padrón Nº 15610/204;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fechas 01/12/2022, 15/02/2023 y 16/05/2023 se realizó inspección en la calle Constituyente Nº 1954 Unidad 204. Según informe de la Arquitecta Michelle Leymonie, en actuación 29, se encuentran afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia por lo que se intimó a los copropietarios del inmueble sito en la calle Constituyente Nº 1954, padrón Nº 15610, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Constituyente Nº 1954, padrón Nº 15610, UNIDAD 001: Diego Carlos PORTUGAL GASCHI, C.I. 1.889.320-5, UNIDAD 002: Guillermo Raúl BERENFUS GÓMEZ, C.I. 4.861.682-7, UNIDAD 003: Mario Leopoldo GROSS BERNSTEIN, C.I. 1.120.414-0, UNIDAD 004: María Estela DUARTE NÚÑEZ, C.I. 1.986.217-8, UNIDAD 005: Gonzalo María NOSEDA VÁZQUEZ, C.I. 1.884.528-6, UNIDAD 101: Elena Cristina PUPPO VALLINI, C.I. 1.308.646-3, UNIDAD 102: Rodrigo RIVAS PUPPO, C.I. 3.465.529-3, UNIDAD 103: Rafael Federico CAMBRE PROKASKY, C.I. 4.384.947-9, UNIDAD 104: Adriana PERNA SCAFFO y Gabriel Pedro PUPPO ARDOINO, C.I. 1.671.181-7 y 1.673.084-7 respectivamente, UNIDAD 201: Anna Élida RAMÍREZ CANDIOTA, C.I. 1.847.554-4, UNIDAD 202: Ana Laura BIANCO PEREIRA y Alejandro Miguel BARREIRO BLANCO, C.I. 1.923.004-4 y 1.278.123-4 respectivamente, UNIDAD 203: Milton Ramón MASTANDREA GONZÁLEZ, C.I. 2.675.980-3, UNIDAD 204: María Josefina ÁLVAREZ FASCETTO, C.I. 1.312.414-6, UNIDAD 301: Narciso GRAU CALCAGNO, C.I. 3.364.971-2, UNIDAD 302: Roberto Carlos y Mauricio Martín MÁS LEDO, C.I. 3.012.534-7 y 3.012.678-3 respectivamente, UNIDAD 303: Jimena Eliana LACROZE BELLO y Francisco PASTONI MOLINA, C.I. 4.508.034-6 y 4.129.861-4 respectivamente, UNIDAD 304: Julio César MARIÑO OXLEY, C.I. 1.307.328-6, UNIDAD 401: Éber Jesús CIRIS FERRÉ, C.I. 2.013.122-7, UNIDAD 402: Roque Pascual PADULA BONILLA, C.I. 1.117.378-1, UNIDAD 403: María Cecilia FERREIRA CONTE, C.I. 1.988.411-6, UNIDAD 404: Ana Carolina ZINOLA RODRÍGUEZ, C.I. 4.295.915-0, UNIDAD 501: Juan José SILVA ESQUIVEL y Sofía RODRÍGUEZ BARCELÓ, C.I. 3.505.540-2 y 4.177.986-6 respectivamente, UNIDAD 502: Paula MAZZONI VIDELA y Lucía CHIRICO VIDELA, C.I. 2.793.830-3 y 3.780.172-2 respectivamente, UNIDAD 503: Andrés Buenaventura DE AZEVEDO HORTA, C.I. 1.943.468-0, UNIDAD 504: Martín Alejandro ELIZONDO BARCELÓ y Luciana SILVERA BONELLI, C.I. 4.351.599-5 y 4.717.399-1 respectivamente, UNIDAD 601: Adriana VECINO CARDOSO, C.I. 1.971.240-0, UNIDAD 602: Fernando FRANCOLINO BULANTI, C.I. 3.780.213-0, UNIDAD 603: Lucía CHIRICO VIDELA, C.I. 3.780.172-2, UNIDAD 604: 1) Guillermo Andrés, Verónica Patricia y Leonardo Iván PERNA PERALTA, C.I. 4.683.891-4, 3.978.735-0, 4.683.762-5 respectivamente y 2) Hugo Alberto PERNA PÉREZ, C.I. 1.438.967-5, UNIDAD 701: Andrés GÓMEZ AGUILERA, C.I. 2.793.672-5, UNIDAD 702: Mariela QUINTEIRO DUARTE, C.I. 1.538.429-7, UNIDAD 703: 1) Ida Carmen SEVERO LAURINO y Juan José VEGLIA ÚNICO, C.I. 2.882.230-5 y 3.516.824-9 respectivamente, 2) Héctor Mario VEGLIA SEVERO, Marisa Virginia BRUNO PICASSO y Christian Joaquín VEGLIA TELLES, C.I. 2.535.438-7, 3.416.964-3, 4.937.106-7 respectivamente, UNIDAD 704: Martha Judit NÚÑEZ MIRANDA, C.I. 1.689.820-3, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, cumplido, comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Jorge Cossani,Alcalde (I).-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal