Resolución N° 455/13/0112
Nro de Expediente:
3230-011208-13
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/9/2013


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10.00 a Guzman Ponce De Leon Cornu, María Ponce De Leon Cornu, Estela Pnce De Leon, Marcos Ponce De León, C.I. 1.276.136-3, 1.312.644-5, 1.438.295-3, 1.958.014-2, con domicilio en Br. Artigas No. 1927, padrón No. 20541, por no adecuar la vereda a la normativa vigente.-

Montevideo, 12 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la finca ubicada en Br. Artigas No. 1927, padrón No. 20541, de la cual son propietarios los Sres. Guzmán Ponce De Leon Cornu, María Ponce De Leon Cornu, Estela Ponce De Leon Cornu, Marcos Ponce De Leon Cornu, con C.I. 1.276.136-3, 1.312.644-5, 1.438.295-3, y 1.958.014-2 respectivamente, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 intimó a los titulares de obrados a adecuar las veredas de que se trata a la normativa vigente;
        2o.) que en inspección se constató que los trabajos solicitados no se habían realizado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos), según Volumen VII, Titulo II, Capítulo V, Artículo D. 2213 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos) a Guzmán Ponce De Leon Cornu, María Ponce De Leon Cornu, Estela Ponce De Leon Cornu, Marcos Ponce De Leon Cornu, con C.I. 1.276.136-3, 1.312.644-5, 1.438.295-3, y 1.958.014-2 respectivamente, responsables de las veredas frente a la finca de su propiedad sita en Br. Artigas No. 1927, padrón No. 20541, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal N° 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal