Resolución N° 367/20/0112
Nro de Expediente:
2019-3220-98-000654
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/11/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25.00 y el pago de lo adeudado por el período del 08/09/2019 a la fecha de hacerlo efectivo, a la empresa ESTUDIO FERBER ARQUITECTOS ASOCIADOS representada por el Arq. Ricardo Ferber, C.I. 2.619.846-7-

Montevideo, 17 de Noviembre de 2020.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con la existencia de barrera en calle 25 de Mayo Nº 667/683, de la que es responsable la empresa ESTUDIO FERBER ARQUITECTOS ASOCIADOS, representada por el Arq. Ricardo Ferber, CI 2.619.846-7, con domicilio a efectos legales en calle Costa Rica Nº 2002;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que: a) en inspección realizada se pudo comprobar que no regularizó el trámite de permiso de barrera reglamentaria, b) se solicita la aplicación de una multa de U.R. 25.00 (1 UR por metro de barrera), y el pago de lo adeudado por el período del 08/09/2019 a la fecha de hacerlo efectivo, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II Art. 3, Numeral 3, Literal b, promulgado el 23/IV/84;
      2º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 25.00 (Unidades Reajustables veinticinco con cero centésimas) y el pago de lo adeudado por el período del 08/09/2019 a la fecha de hacerlo efectivo, a la empresa ESTUDIO FERBER ARQUITECTOS ASOCIADOS, representada por el Arq. Ricardo Ferber, C.I. 2.619.846-7, con domicilio a efectos legales en calle Costa Rica Nº 2002, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal