Resolución N° 388/17/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-000181 3230-008882-15
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/5/2017


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 15 UR., al Sr. Guillermo Mario Tonelli Fornaro CI 642.866-0, Sra. María Luisa Tonelli Fornaro CI. 715.175-7 y Hector Juan Aquilo Ferrando Cavani CI 730.508-1 en su caracter de responsable del bien inmueble ubicado en la calle Ferrer Serra Nº 2208.

Montevideo, 11 de Mayo de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Ferrer Serra 2208;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) se intimó a los propietarios del inmueble sito en la calle Ferrer Serra 2208, Sr. Guillermo Mario Tonelli Fornaro CI 642.866-0, Sra. María Luisa Tonelli Fornaro CI. 715.175-7 y Hector Juan Aquilo Ferrando Cavani CI 730.508-1, con domicilios en calle Río Uruguay M 108 S15 (Lagomar), Francisco Vidal Nº 674, apto. 601 y Caramurú Nº 5833, apto. 504 respectivamente a los efectos legales, a realizar las reparaciones necesarias a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle Paullier Nº 1778 b) se solicita imponer una multa de U.R 15.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 15.00 (Unidades Reajustables quince con cero centésimos) a Sr. Guillermo Mario Tonelli Fornaro CI 642.866-0, Sra. María Luisa Tonelli Fornaro CI. 715.175-7 y Hector Juan Aquilo Ferrando Cavani CI 730.508-1en su calidad de propietarios de la finca sita la calle Ferrer Serra Nº 2208, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal