Resolución N° 180/15/0112
Nro de Expediente:
3230-028702-14
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/3/2015


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 75/15/0112, de fecha 5 de febrero de 2015, al establecimiento empresa ONTIME S.A., R.U.T. 211494870018, sito en Avenida 18 de Julio No. 1831 unidad 2.-

Montevideo, 12 de Marzo de 2015.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del establecimiento sito en Avenida 18 de Julio No. 1831, unidad 2, propiedad de la empresa ONTIME S.A., R.U.T. 211494870018, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por por no tener la final de la Dirección Nacional de Bomberos que invalida la Habilitación de Locales Comerciales, b) que la empresa presentó documentación de trámite ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, c) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 75/15/0112, de fecha 5 de febrero de 2015, a la empresa ONTIME S.A., R.U.T. 211494870018, sita en Avenida 18 de Julio No. 1831, unidad 2, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Cristina Olivera,Alcaldesa.-

Horacio Garelli,Concejal Municipal