Resolución N° 453/15/0112
Nro de Expediente:
3220-006589-14
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/7/2015


Tema:
RECURSO DE REPOSICION

Resumen:
No hacer lugar al Recurso de Reposición interpuesto por la firma EL CONQUISTADOR S.R.L., R.U.T. 217386670010, contra la Resolución Nº 131/15/0112 de 19 de febrero de 2015.-

Montevideo, 7 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación, interpuestos por la firma EL CONQUISTADOR S.R.L., R.U.T. 217386670010, contra la Resolución Nº 131/15/0112 dictada por el Gobierno Municipal B, el 19 de febrero de 2015;
        RESULTANDO: 1o.) que por dicho acto administrativo se aplicó una multa de U.R. 10.00 por falta de habilitación municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y de la Dirección Nacional de Bomberos);
        2o.) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 remitió a consideración del Asesor Jurídico de este Municipio los recursos interpuestos;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Abogado Asesor, consultado al efecto, examinada la faz sustancial, concluye que no existe mérito para revocar la resolución atacada, por lo cual correspondería no hacer lugar al recurso de reposición y franquear el de apelación para ante la Sra. Intendenta;
        2o.) que se estima pertinente proveer en el sentido indicado;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por la firma EL CONQUISTADOR S.R.L., R.U.T. 217386670010, contra la Resolución Nº 131/15/0112, adoptada por el Gobierno Municipal B el 19 de febrero de 2015.-
        2.- Franquear el recurso de apelación para ante la Sra. Intendenta.-
        3.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1; y remítase a sus efectos a la División Asesoría Jurídica.-
Cristina Olivera,Alcaldesa.-

Federico Daverde,Concejal Municipal