Resolución N° 22/11/0112
Nro de Expediente:
3230-021447-05
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
7/1/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Dejar sin efecto la resolución No. 533/10/3000, en la que se aplica multas de U.R. 14.5746 y U.R. 22.2615, al establecimiento destinado a estacionamiento, ubicado en la Avda. Uruguay No. 1851, perteneciente a la empresa unipersonal Sergio Edgardo Perrone, C.I. 3.563.676-1, R.U.T. 213585580019, en 1a. reincidencia y en su lugar aplicar multas de U.R. 19.4328 y U.R 29.6820 (2a. reincidencia)

Montevideo, 7 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en la Avda. Uruguay No. 1851, propiedad de la empresa unipersonal Sergio Edgardo Perrone, C.I. 3.563.676-1, R.U.T. 213585580019;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitaciones municipales (2a. reincidencia) , b) se aplicó multa por Resolución No. 533/10/3000 de fecha 27/V/2010 por 1a. reincidencia en lugar de 2a. reincidencia que es lo que corresponde, c) se solicita aplicar multas de U.R. 19.4328 y U.R. 29.6820 (2a. reincidencia); según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad; CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto la resolución 533/10/3000 de fecha 27/V/2010, en que se aplica multa a la empresa unipersonal Sergio Edgardo Perrone, C.I. 3.563.676-1, R.U.T. 213585580019, propietaria del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en la Avda.Uruguay No.1851, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Aplicar una multa de U.R. 19.4328 (Unidades Reajustables diecinueve con cuatro mil trescientos veintiocho diezmilésimas) y otra de U.R. 29.6820 (veintinueve con seis mil ochocientos veinte diezmilésimas) a la empresa unipersonal Sergio Edgardo Perrone, C.I. 3.563.676-1, R.U.T. 213585580019, propietaria del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en la Avda.Uruguay No.1851, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        3.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si las multas permanecieran impagas, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de las mismas.-
        4.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela Ubal,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal