Resolución N° 4/11/0112
Nro de Expediente:
3220-014849-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/1/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar siete multas de U.R. 5.00 cada una, al establecimiento destinado a bar y minutas, ubicado en la calle Ciudadela No. 1182, propiedad de la empresa unipersonal FELIPE REYES, C.I. 2.014.696-3, R.U.T. 215952490014.

Montevideo, 3 de Enero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a bar y minutas, sito en la calle Ciudadela No. 1182, perteneciente a la empresa unipersonal Felipe Reyes, C.I. 2.014.696-3, R.U.T. 215952490014, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 se constató que el mencionado establecimiento cuenta con 7 (siete) empleados que carecen de carné de salud, intimándose a la empresa titular, en un plazo de 3 (tres) días hábiles, a presentar el respectivo carné vigente, bajo apercibimiento de aplicación de la sanción correspondiente;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 solicita la aplicación de 7 (siete) multas de U.R. 5 cada una, a la titular de obrados, por infringir lo dispuesto al Artículo D. 1127 del Volumen VI del Digesto Municipal;
      3o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las facultades asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE
      1.- Aplicar 7 multas de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) cada una, a la empresa unipersonal Felipe Reyes, C.I. 2.014.696-3, R.U.T. 215952490014, propietaria del establecimiento destinado a Bar y Minutas, sito en la calle Ciudadela No. 1182, con igual domicilio a efectos legales por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta días calendario), si las multas permanecieran impagas, esta repartición comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de las mismas.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 para notificación al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, y demás efectos.
Carlos Varela Ubal,Alcalde.-

Federico Davérčde,Concejal Municipal