Resolución N° 363/12/0112
Nro de Expediente:
3230-035178-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2012


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Habilitación Nacional de Bomberos al establecimiento destinado a cantina sito en la Avenida 18 de Julio No. 2143 propiedad de la empresa razón social María del Rocío Umpiérrez Gibert, R.U.T. 213519940010

Montevideo, 12 de Abril de 2012.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento destinado a cantina, sito en la Avenida 18 de Julio No. 2143, propiedad de la empresa razón social María del Rocío Umpiérrez Gibert, R.U.T. 213519940010, con domicilio a efectos legales en la Avenida 8 de Octubre No. 3100 apto 7;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución No. 148/12/0112, de fecha 9 de febrero de 2012, por infracción respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Regulación Alimentaria), y de la Dirección Nacional de Bomberos, b) que la empresa presentó nota de descargos en el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, c) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No.2 considera de recibo los descargos presentados por la empresa en lo que refiere a la Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa aplicada por Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y se mantenga la impuesta de U.R.3.2388 por Regulación Alimentaria, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 148/12/0112, de fecha 9 de febrero de 2012 en lo que refiere a Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y se mantenga la impuesta de U.R.3.2388 por Regulación Alimentaria, a la empresa razón social María del Rocío Umpiérrez Gibert, R.U.T. 213519940010, sita en la Avenida 18 de Julio No. 2143, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal