Resolución N° 461/12/0112
Nro de Expediente:
3230-018757-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/5/2012


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 225/12/0112, de fecha 15 de marzo de 2012, al establecimiento razón social GADOR S.A., R.U.T. 211014180012, sito en la calle La Paz No. 2257

Montevideo, 17 de Mayo de 2012.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del local destinado a laboratorio, sito en la calle La Paz No. 2257, propiedad de la empresa razón social GADOR S.A., R.U.T. 211014180012, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución No. 225/12/0112, de fecha 15 de marzo de 2012, por infracción respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), y de la Dirección Nacional de Bomberos, b) que la empresa presentó nota de descargos y documentación en el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, c) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No.2 considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 225/12/0112, de fecha 15 de marzo de 2012, a la empresa GADOR S.A., R.U.T. 211014180012, sita en la calle La Paz No. 2257, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal