Resolución N° 375/14/0112
Nro de Expediente:
3230-017669-14
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/8/2014


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio entre el Municipio B y la Asociación Civil Espacio Cultural Plaza Florencio Sanchez.-

Montevideo, 12 de Agosto de 2014.-
 
      VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Convenio a suscribirse entre este Municipio y la Asociación Civil ESPACIO CULTURAL PLAZA FLORENCIO SANCHEZ, R.U.T. 216011990014 con domicilio en la calle Canelones No. 1164, oficina 21;
      RESULTANDO: 1o.) que el objeto del mismo es la realización de una obra en beneficio de la comunidad, tendiente a mejorar la infraestructura y embellecer la plaza José Carré;
      2o.) que se elaboró el siguiente texto de convenio: CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo, el día _____ del mes de ____________ de dos mil catorce, COMPARECEN: POR UNA PARTE: El Municipio B (en adelante el Municipio B), con domicilio en la calle Joaquín Requena Nº 1701 de esta ciudad, representada en este acto por el Alcalde, Sr. Carlos Varela Ubal; y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil ESPACIO CULTURAL PLAZA FLORENCIO SÁNCHEZ (en adelante la Institución), R.U.T. 216011990014 con domicilio en la calle Canelones No. 1164 of. 21 de Montevideo, representada por ___________ con C.I _________ y el Sr. __________ con C.I __________, en sus respectivas calidades de _______ y _________ de su Comisión Directiva, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes.- I) La Institución ha formulado una propuesta de obra en beneficio de la comunidad, tendiente a mejorar la infraestructura y embellecer la plaza José Carré, que se ubica en la confluencia de las calles San Salvador y Bulevar España, en las inmediaciones de la plaza Florencio Sánchez, donde año a año la Institución desarrolla su actividad a través de la feria "IDEAS+".- II) La propuesta, que refiere a la remodelación de la plaza Arq José Carré, mediante el suministro de insumos y materiales, cuenta con el beneplácito de la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones, el Gobierno Municipal B y el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2.- III) La Institución solicita la cesión del espacio público para la edición 2014 de la referida feria.- SEGUNDO: Objeto.- I) La Institución se obliga al suministro de 30 m3 de tierra negra, 20 lts de terracotem, 15 ejemplares de Liquidambar, 600 mts de tutores, 15 equipo sin caja para mercurio o sodio de 70 w y 40 lámparas de halogenuros metálicos de 70 w. II) Los productos quedarán a beneficio de la propiedad sin generar derecho a reclamación alguna, estableciendo las partes que pasará de pleno derecho a formar parte del patrimonio de la I de M, una vez terminada y recibida sin observaciones por el Equipo Técnico de Arquitectura del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2.- TERCERO: Plazo.- El plazo será hasta el 31 de octubre de 2014. CUARTO: Autorización.- El Municipio B autoriza a la Institución al armado de hasta 220 (doscientos veinte) puestos correspondientes a la edición 2014 de la feria "IDEAS+", a desarrollarse en la plaza Florencio Sánchez.- En caso de superarse este número de puestos, la Institución deberá abonar el valor de dos sticker por cada uno. Dicha autorización queda supeditada a la Resolución de la División de Espacios Públicos y Edificación cediendo el mencionado espacio. QUINTO: seguimiento y evaluación.- El seguimiento de la ejecución de este convenio estará a cargo del Municipio B, que controlará: El suministro de los ejemplares de arbolado y los insumos relacionados, como también del equipamiento para iluminación, por medio de los Equipos Técnicos del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2.- SEXTO: Responsabilidad de la Institución.- La Institución asume la totalidad de las responsabilidades por el suministro, tiempos de entrega y calidad de los artículos que integran la contrapartida objeto de este convenio, de acuerdo a las indicaciones formuladas oportunamente por los Equipos Técnicos del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2.- SÉPTIMO: Mora Automática.- La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.- OCTAVO: Sanciones para el caso de Incumplimiento.- En caso de que la Institución no cumpla todas o algunas de las obligaciones que asume en este contrato o lo haga en forma tardía o parcialmente, deberá pagar a la I de M las siguientes multas, que serán acumulables: a) transcurridos treinta días corridos de incumplimiento, la suma de U.R. 10 ( diez Unidades Reajustables); y b) transcurridos sesenta días corridos de incumplimiento, una multa diaria de U.R. 1 (una Unidad Reajustable), mientras dure el incumplimiento.- NOVENO: Rescisión.- El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Institución, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de este convenio por parte del Municipio B. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerita la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la I de M, que la Institución declara conocer y aceptar. DÉCIMO: Domicilios Especiales.- Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DÉCIMO PRIMERO: Comunicaciones.- Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha en los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización. DÉCIMO SEGUNDO: Acreditación de naturaleza jurídica y Representación.- La Institución acredita su naturaleza jurídica y la representación invocada según certificado que se adjunta, expedido el ___________ por Escribano _____________. Y en prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Jurídico de este Municipio dio su conformidad con respecto al texto del convenio;
      2o.) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aprobar el texto del convenio a suscribirse entre este Municipio y el ESPACIO CULTURAL PLAZA FLORENCIO SANCHEZ, R.U.T. 216011990014, con domicilio en la calle Canelones No. 1164, oficina 21, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
      2.- Comuníquese a la División Espacios Públicos y Edificaciones, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal