Resolución N° 405/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-001268
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/11/2023


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en calzada, otorgada por Resolución Nº 327/22/0112, de fecha 1° de Septiembre de 2022, a la empresa razón social ETARTIS S.A., RUT 218 943 570 013, sita en la calle Francisco Canaro Nº 2295/2299 y Br. Artigas 1601/1605

Montevideo, 1 de Noviembre de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la vía pública;
    RESULTANDO: 1º) que la empresa razón social ETARTIS S.A., RUT 218 943 570 013, propietaria del establecimiento comercial destinado a gastronomía, que funciona en el local sito en la calle Francisco Canaro Nº 2295/2299 y Br. Artigas 1601/1605, con igual domicilio a los efectos legales, fue autorizada a instalar mesas y sillas en calzada sin entarimado, por Resolución Nº 327/22/0112, de fecha 1° de Septiembre de 2022;
    2º) que con fecha 30/05/2023 se presentó la Sra. Patricia Rodríguez apoderada de la firma Etartis S.A., a efectos de solicitar la baja del permiso otorgado, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución de referencia;
    3º) que según informe del CCZ2, considera de recibo los descargos presentados por el interesado, por lo que habría que hacer lugar a lo peticionado;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en calzada, otorgada por Resolución Nº 327/22/0112, de fecha 1° de Septiembre de 2022, a la empresa razón social ETARTIS S.A., RUT 218 943 570 013, sita en la calle Francisco Canaro Nº 2295/2299 y Br. Artigas 1601/1605 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, asimismo no se autorizará la devolución del depósito en garantía hasta tanto no se salde la misma.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal