Resolución N° 152/21/0112
Nro de Expediente:
2018-0012-98-000341
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/6/2021


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Ampliación convenio de donación modal celebrado entre este Municipio y la Asociación Civil "Silbadora"

Montevideo, 15 de Junio de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Convenio de Donación Modal suscrito entre este Municipio y la Asociación Civil "Silbadora", para realizar tareas polifuncionales de albañilería, jardinería, carpintería, etc y el apoyo a tareas socio culturales vinculadas a las actividades del Municipio;
    RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 84/19/0112 de fecha 28 de Febrero de 2019 se aprobó el texto del referido convenio y por resolución 59/21/0112 de fecha 5 de marzo de 2021 se renovó por un año;
    2º) que en virtud de la emergencia sanitaria y el aumento de personas en situación de calle, el Gobierno Municipal ha resuelto, enmarcado en el Plan de desarrollo 2020-2025, instrumentar la instalación de baños químicos en algunos espacios públicos de escala municipal, por lo que para realizar su cuidado y mantenimiento se necesita reforzar con más educandos el convenio con la Asociación Civil "Silbadora" que realiza tareas polifuncionales (Contrato Nº 318578), recientemente renovado;
    3º) que por lo expuesto es necesario realizar una modificación (adenda) del referido convenio de donación modal, ampliando la cuota mensual en $199.816 (pesos uruguayos ciento noventa y nueve mil ochocientos diecieséis) y sus respectivos ajustes hasta la culminación del mismo;
    4º) que para la erogación correspondiente a los meses junio – diciembre 2021 se realizó la preventiva Sefi N° 238785;
    CONSIDERANDO: 1º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 421 de fecha 26 de mayo de 2021 por unanimidad de integrantes (5 en 5), incluido el voto de la Alcaldesa, la modificación de referencia;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-AMPLIACION DE DONACION MODAL. En la ciudad de Montevideo, el ******** de 2021, comparecen: POR UNA PARTE: MUNICIPIO B, R.U.T. 211 763 350 018, con domicilio en Joaquín Requena 1701 de Montevideo, representado en este acto por la Arquitecta Silvana Pissano, C.I. 1.539.242-4 en su calidad de Alcaldesa (en adelante el Municipio) y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil “SILBADORA”, R.U.T. 217 947 090 018, con domicilio en China 1861 de Montevideo, representada en este acto por la Señora Susana Ravera, C.I. 1.428.072-1, en calidad de apoderada (en adelante la Asociación o la Institución), quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO. Antecedentes. I) Según convenio de donación modal suscrito con la Asociación Civil Silbadora el 15 de mayo de 2019 de conformidad con la Resolución del Municipio B 84/19/0112 de fecha 28 de febrero de 2019, el Municipio B donó a la Asociación la suma de hasta 15.155.192 pesos uruguayos pagadero en la forma y condiciones que más ampliamente surge de dicho convenio, imponiendo a la donataria como modo seleccionar e incorporar a tareas educativo laborales 5 jóvenes de ambos sexos en situación de alta vulnerabilidad, para la realización de tareas polifuncionales de albañilería, jardinería, carpintería, etc. y apoyo a tareas socio culturales vinculadas a las actividades del Municipio B y del Proyecto “Esquinas de la Cultura” en las condiciones que también surgen más ampliamente del referido convenio. II) El plazo estipulado fue de dos años prorrogable anualmente hasta por dos años más mediando evaluación favorable de la donante y se encuentra actualmente vigente transcurriendo la primera prórroga anual. III) Atendiendo a la situación actual que atraviesa el país, la Asociación propone ampliar la donación antes referida incorporando hasta 8 educandos más en las mismas condiciones y para la realización de las mismas tareas previstas en el convenio de donación antes referido. SEGUNDO. Objeto. acuerdo a lo relacionado en la cláusula anterior el Municipio B dona a la Asociación hasta la suma de $ 2.382.976 (pesos uruguayos dos millones trescientos ochenta y dos mil novecientos setenta y seis) que se pagarán de la siguiente manera: una partida inicial de $ 185.000 (pesos uruguayos ciento ochenta y cinco mil) la firma del convenio y once cuotas mensuales, iguales y consecutivas de hasta $ 199.816 (pesos uruguayos ciento noventa y nueve mil ochocientos dieciséis) que se pagarán de la siguiente manera: la primera junto con la partida inicial, la segunda a partir de la presentación y aprobación de la rendición de cuentas de la cuota anterior y así sucesivamente. La cuota de $ 199.816 se ajustará según lo acordado en el consejo de salarios, grupo 16, subgrupo 07. La donación podrá ampliarse en un 15 % para la atención de imprevistos, o sea hasta un total $ 2.740.422 (pesos uruguayos dos millones setecientos cuarenta mil cuatrocientos veintidós) más los ajustes correspondientes, anteriormente detallados. TERCERO. Modo. A los efectos de dar cumplimiento a los fines detallados en el apartado III) de la Cláusula PRIMERA, el Municipio B impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: I) seleccionar e incorporar a tareas educativo laborales hasta 8 educandos, de ambos sexos, en situación de alta vulnerabilidad, para la realización de las tareas polifuncionales referidas en el apartado I) de la cláusula de antecedentes así como otras que se le indiquen dentro del territorio del Municipio B. II) Cada educando de la presente ampliación, trabajará 18 hs semanales. III) Cumplir con todas las demás obligaciones impuestas en el modo de la donación que se amplía (numerales III a VII). CUARTO. Plazo. El plazo de la presente ampliación será desde su firma hasta la finalización del plazo previsto para la donación original, 14 de mayo de 2022, realizándose la evaluación de prórroga en la misma oportunidad prevista en aquella. QUINTO. Vigencia de la donación. Se mantienen vigentes y aplicables a esta ampliación todas las cláusulas de la donación original que no se modifican, a saber: Contralor del cumplimiento del Modo, Responsabilidades de la Asociación, Mora Automática, Rescisión, Domicilios Especiales, Comunicaciones e indivisibilidad.
    2.-Establecer que la erogación correspondiente a los meses junio – diciembre 2021 será atendida con cargo a la Solicitud SEFI Nº 238785.-
    3.-Mantener firmes todos los demás términos del convenio referido.-
    4.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; División Comunicación, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Rosauro San Román,Concejal Municipal

Jorge Cossani,Concejal Municipal