Resolución N° 374/23/0112
Nro de Expediente:
2022-0012-98-000177
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/10/2023


Tema:
AUTORIZAR GASTOS

Resumen:
Renovar por un período de 1 (un) año el convenio de donación modal con la Asociación Civil "Juventud para Cristo"

Montevideo, 10 de Octubre de 2023.-
 
    VISTO: que este Municipio manifiesta la necesidad de suscribir la renovación del convenio con la Asociación Civil "Juventud para Cristo", para realizar tareas de barrido dentro del territorio del Municipio B;
    RESULTANDO: 1º) que en la cláusula cuarta del Convenio suscrito por resolución Nº 325/22/0112 de fecha 29 de Agosto de 2022, se estableció que la Asociación se obliga a cumplir puntualmente lo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma del convenio por el plazo de un año pudiendo en caso de evaluación favorable renovarse por un año más;
    2º) que se elaboró el siguiente texto: RENOVACIÓN DE CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo el de de dos mil veintitrés.- POR UNA PARTE: MUNICIPIO B, RUT 211 763 350 018, con domicilio en Joaquín Requena Nº 1701 de Montevideo, representado en este acto por la Sra. ......... en su calidad de Alcaldesa (en adelante el Municipio) y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil “JUVENTUD PARA CRISTO”, RUT 213 537 330 016, con domicilio en Manuel Acuña Nº 3033 de Montevideo, representada en este acto por la Sra. Sandra Gicel Costabel, C.I. 2.767.038-5, en calidad de apoderada (en adelante la Asociación o la Institución) convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- El presente convenio se enmarca en las políticas sociales que el Municipio B desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores sociales que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativo – laboral, dirigida a personas en condición de vulnerabilidad social, se estableció que la Institución se obliga a cumplir puntualmente el modo a partir de la firma del convenio y por el término de 1 (un) año el que puede ser renovado por igual plazo. Teniendo en cuenta que el convenio vence el 30 de Septiembre del corriente, es necesario efectuar su renovación.- SEGUNDO.- El Municipio y la Institución acuerdan renovar el convenio de referencia, por el período comprendido entre el 1º de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, en las mismas condiciones que fuera acordado el convenio original. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
    4º) que la erogación de que se trata será atendida con cargo a la solicitud SPFI Nº 135486;
    CONSIDERANDO: 1º) que el contrato se ortorgaría en el marco del art. 16 apartado IV y artículo 24 apartado IX, del Decreto JDM Nº 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1º lit. XIV, del Decreto JDM Nº 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada.
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 491 de fecha 6 de Septiembre de 2023 por unanimidad de integrantes (4 en 4), incluido el voto de la Alcaldesa, la aprobación de la presente renovación de convenio;
    3º) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Renovar por un período de 1 (un) año el convenio de donación modal con la Asociación Civil "Juventud para Cristo" para realizar tareas de barrido manual, barrido de calles (cordones), carpido de cordones, limpieza del entorno de los contenedores, para el caso de aquellas zonas donde no se ha implementado el sistema de recolección lateral, levante de recolección rota y limpieza del entorno de los árboles, limpieza de papeleras en la vía pública solamente de aquellas que fueron colocadas por la Intendencia de Montevideo así como tareas de levante, levante del producido de la actividad de barrido manual, levante de basurales a mano, atención del sistema de reclamos SUR (levante de escombros, podas, muebles en desuso, etc.) levantes de todas aquellas tareas vinculadas al aseo público, aprobado por resolución Nº 325/22/0112 de fecha 29 de Agosto de 2022.-
    2.-Establecer que la erogación de $U 15.730.564,00 (pesos uruguayos quince millones setecientos treinta mil quinientos sesenta y cuatro con cero centésimos) será atendida con cargo a la solicitud SPFI Nº 135486.-
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Isabel Zarrillo,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal

Jorge Cossani,Concejal Municipal