Resolución N° 384/20/0112
Nro de Expediente:
2018-3230-98-001559
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/11/2020


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la propietaria de la UNIDAD 002 MARÍA CRISTINA CONDE PITTALUGA, C.I. 1.287.571-2 y otra multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en DUVIMIOSO TERRA Nº 1970, padrón Nº 20340

Montevideo, 23 de Noviembre de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle DUVIMIOSO TERRA Nº 1970 UNIDAD 002;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que: a) se intimó a los copropietarios del inmueble sito en la calle DUVIMIOSO TERRA Nº 1970, padrón Nº 20340, UNIDAD 001 CAMILO ROEL SEAGE, C.I. 1.164.645-5; UNIDAD 002 y 003 MARÍA CRISTINA CONDE PITTALUGA, C.I. 1.287.571-2 y UNIDAD 101 MARÍA CRISTINA FERNÁNDEZ SOTELO, C.I. 1.162.757-2, GUSTAVO FERNÁNDEZ BIDEGARAY, C.I. 1.191.735-9, MÓNICA FERNÁNDEZ BIDEGARAY, C.I. 1.191.827-8 y ROBERTO MARIO FERNÁNDEZ BIDEGARAY, C.I. 1.603.286-3 con igual domicilio a efectos legales, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en DUVIMIOSO TERRA Nº 1970 UNIDAD 002, b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00 a los copropietarios del inmueble y asimismo otra de U.R. 20.00 a la propietaria de la UNIDAD 002, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la propietaria de la UNIDAD 002 MARÍA CRISTINA CONDE PITTALUGA, C.I. 1.287.571-2 y otra multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en DUVIMIOSO TERRA Nº 1970, padrón Nº 20340, UNIDAD 001 CAMILO ROEL SEAGE, C.I. 1.164.645-5; UNIDAD 002 y 003 MARÍA CRISTINA CONDE PITTALUGA, C.I. 1.287.571-2 y UNIDAD 101 MARÍA CRISTINA FERNÁNDEZ SOTELO, C.I. 1.162.757-2, GUSTAVO FERNÁNDEZ BIDEGARAY, C.I. 1.191.735-9, MÓNICA FERNÁNDEZ BIDEGARAY, C.I. 1.191.827-8 y ROBERTO MARIO FERNÁNDEZ BIDEGARAY, C.I. 1.603.286-3 con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal