Resolución N° 375/24/0112
Nro de Expediente:
2019-3230-98-000210
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/8/2024


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 196/19/0112, a la empresa razón social NICOLA REFOSCO, C.I. 6.262.159-1, RUT 217 998 360 01 y autorizar la devolución del depósito en garantía.-

Montevideo, 22 de Agosto de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la vía pública;
    RESULTANDO: 1º) que la empresa razón social NICOLA REFOSCO, C.I. 6.262.159-1, RUT 217 998 360 012, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en Av. Gonzalo Ramirez Nº 2113, con igual domicilio a los efectos legales, fue autorizada a instalar mesas y sillas en acera sin entarimado, por Resolución Nº 196/19/0112, de fecha 17 de mayo de 2019;
    2º) que, según informa el mencionado Servicio, con fecha 31/07/2024 se presentó el Sr. Nicola Refosco, solicitando la baja del permiso concedido;
    3º) que según informe del CCZ2, considera de recibo los descargos presentados por el interesado, por lo que habría que hacer lugar a lo peticionado y asimismo autorizar la devolución del depósito en garantía;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 196/19/0112, de fecha 17 de mayo de 2019, a la empresa razón social NICOLA REFOSCO, C.I. 6.262.159-1, RUT 217 998 360 01, sita en Av. Gonzalo Ramirez Nº 2113 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Autorizar la devolución del depósito en garantía.-
    4.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal