Resolución N° 403/24/0112
Nro de Expediente:
2024-3230-98-000387
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/9/2024


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimas) a los copropietarios del Edificio sito en Chaná Nº 1812 bis, Padrón Nº 15295

Montevideo, 9 de Setiembre de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el edificio sito en la calle Chaná Nº 1812 bis, Padrón Nº 15295;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) se recibió una denuncia por parte de un vecino manifestando que en el edificio ubicado en Chaná Nº 1812 bis, se encuentra colocado un aire acondicionado en la fachada del mismo a la altura de la circulación peatonal;
    b) con fecha 09/04/2024 se realizó una inspección en el domicilio denuniciado, constatando lo manifestado en la denuncia, por lo que se intimó a los copropietarios del inmueble antes mencionado, a cumplir con la reglamentación;
    2º) se solicita la aplicación de una multa de U.R 2.00 por no cumplir con lo dispuesto por el Decreto 21626, Numeral 2, Literal f del artículo 5º, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimas) a los copropietarios del Edificio sito en Chaná Nº 1812 bis, Padrón Nº 15295, UNIDAD 001: Fabiana AMBROA IBARRURI y Emiliano José AROCENA AREZO, C.I. 4.556.922-7 y 4.978.445-3 respectivamente, UNIDAD 002: Adriana Elizabeth CASTRO REYES, C.I. 1.796.390-6, UNIDAD 101: Abayubá BERMÚDEZ MACHADO (sin más datos), UNIDAD 102: Najla Georges MURAD MURAD, C.I. 1.958.666-1, UNIDAD 201: Raquel QUIROGA BELETTI (sin más datos), por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar a los infractores, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal