Resolución N° 219/23/0112
Nro de Expediente:
2020-3220-98-000612
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/7/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 37.50 (unidades reajustables treinta y siete con cincuenta centésimos) a la empresa P. ODDONE ZUNINO S.A., RUT. 210 928 900 010

Montevideo, 5 de Julio de 2023.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 2876, ubicado en la calle 25 de Mayo Nº 335;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho predio no cuenta con el cerco perimetral reglamentario por lo que se aplicó una multa de U.R. 25.00 por Resolución Nº 214/22/0112 de fecha 25/07/2022;
    b) que en una nueva inspección se pudo comprobar que la situación permanecía incambiada, por lo que se intimó nuevamente a regularizar la situación;
    c) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar el Artículo 22 Decreto Nº 21.626 -La primer reincidencia a cada infracción se penará con el importe inicial incrementado en un 50%, la segunda reincidencia con la duplicación de la multa y la tercera con el importe inicial incrementado en un 150%-;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 37.50 (unidades reajustables treinta y siete con cincuenta centésimos) a la empresa P. ODDONE ZUNINO S.A., RUT. 210 928 900 010, responsable de la demolición en el predio empadronado con el Nº 2876, ubicado en la Av. 25 de Mayo Nº 335, con domicilio a efectos legales en la calle Gral. Flores Nº 2227, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal