Resolución N° 42/17/0112
Nro de Expediente:
2016-0012-98-000121 3230-026420-15
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/1/2017


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 10.00 a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones, RUT 213168450016, con domicilio en Avenida 18 de Julio No. 1730, por no adecuar la vereda a la normativa vigente del Padrón No. 849, ubicado en la Avenida 18 de Julio 1581/1583/1585/1587/1589/1593 y Carlos Roxlo 1427.

Montevideo, 19 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente al local ubicado en la calle Avenida 18 de Julio, 1581, 1583, 1585, 1587, 1589, 1593 y Carlos Roxlo 1427 , padrón No. 849, de la cual es propietaria La Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones RUT 213168450016.
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 intimó a la titular de obrados a adecuar las veredas a la normativa vigente, dado que la vereda debe ser mantenida por el propietario del predio frentista;
        2o.) que en inspección se constató que los trabajos solicitados no se habían realizado, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimas), según Artículo D. 2213 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimas) La Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones RUT 213168450016., responsable de la vereda frente a la finca de su propiedad sita en la calleAvenida 18 de Julio 1581, 1583, 1585, 1587, 1589, 1593 y Carlos Roxlo 1427, padrón No. 849, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal