Resolución N° 398/17/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-000419 -3230-017913-15
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/5/2017


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de 30 UR., al Sr. Carlos María Fossati Soares de Lima CI 1031988-7 y a la Sra. María Gabriela Crosta Durán CI 1210589-2, con domicilio en calle Luis Piera Nº 1825, puerta 31.

Montevideo, 11 de Mayo de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Luis Piera Nº 1825, puerta 31;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) se intimó al propietario del inmueble sito en la calle Luis Piera Nº 1825, puerta 31, Sr. Carlos María Fossati Soares de Lima CI 1031988-7 y a la Sra. María Gabriela Crosta Durán CI 1210589-2 con igual domicilio a los efectos legales, a realizar las reparaciones necesarias a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle Luis Piedra Nº 1825, puerta 27. b) se solicita imponer una multa de U.R 30.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) al Sr. Sr. Carlos María Fossati Soares de Lima CI 1031988-7 y a la Sra. María Gabriela Crosta Durán CI 1210589-2 , en su calidad de propietario del inmueble sito en la calle Luis Piera Nº 1825, puerta 31,, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal