Resolución N° 400/17/0112
Nro de Expediente:
2017-0012-98-000047 3230-028880-14
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/5/2017


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de 10 UR por no reparar la vereda y otra de 24 UR por el no vallado del padrón 14469 ubicado en Paysandú 1751/55/59 (1ra reincidencia) al Sr. Carlos Raul Almiron Nuñez con C.I.: 1.716.883-1 y al Sr. Ramón Felipe Almiron Nuñez con C.I.: 1.717.508-6 con domicilio en la calle Real 4118.

Montevideo, 11 de Mayo de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la demolición en la finca ubicada en la calle Paysandú No. 1751/55/59 padrón 14169;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) al recibir denuncia se constató que dicho predio continúa siendo utilizado como estacionamiento de vehículos particulares, b) que se intimó a los propietarios del predio, Sr. Carlos Raul Almiron Nuñez con C.I.: 1.716.883-1 y al Sr. Ramón Felipe Almiron Nuñez con C.I.: 1.717.508-6 con domicilio en la calle Real 4118, a realizar cerramiento con vallado reglamentario de acuerdo a la normativa vigente, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento, c) que con fecha 17/6/15 el Sector Inspectivo comunica que aún no se ha realizado lo intimado y se solicita se aplique una multa de 24 UR (1ra reincidencia) y otra de 10 UR por no reparar la vereda según Decreto 21626;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 24.00 (Unidades Reajustables veinticuatro con cero centésimos) y otra de UR 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos) a al Sr. Carlos Raul Almiron Nuñez con C.I.: 1.716.883-1 y al Sr. Ramón Felipe Almiron Nuñez con C.I.: 1.717.508-6 con domicilio en la calle Real 4118 a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes en un plazo de 30 (treinta) dias bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones por reincidencia (Art 22 del Decreto 21.626) y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal