Resolución N° 366/20/0112
Nro de Expediente:
2019-3230-98-001631
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/11/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 40.00 (Unidades Reajustables cuarenta con cero centésimos) al Sr. Fernando Gatti, C.I. 3.357.253-9, por demolicion de finca sita en la calle Miguelete 2359 sin el correspondiente permiso de demolición.

Montevideo, 17 de Noviembre de 2020.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle MIGUELETE Nº 2359, PADRÓN Nº 112197;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el Sr. Fernando Gatti, C.I. 3.357.253-9, propietario del inmueble sito en la calle MIGUELETE Nº 2359, con domicilio a los efectos legales en la calle JOSÉ ENRIQUE RODÓ Nº 2101, procedió a realizar la demolición de la finca sita en el padrón de referencia, sin tramitar el correspondiente permiso de demolición, b) que por lo expuesto, el Sector Arquitectura informa que se debería aplicar una multa de U.R. 40.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Artículo 15, Literal B (infracción mediana, entidad mediana), promulgado el 23/IV/84
      2º.) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 40.00 (Unidades Reajustables cuarenta con cero centésimos) al Sr. Fernando Gatti, C.I. 3.357.253-9, en su calidad de propietario del inmueble sito en la calle MIGUELETE Nº 2359, padrón nº 112197, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal