Resolución N° 165/19/0112
Nro de Expediente:
2017-3220-98-001448
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2019


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 1 por falta de limpieza en la unidad 001 (local), padrón 9101, sito en la Av. 18 de Julio Nº 1336.-

Montevideo, 12 de Abril de 2019.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con la falta de limpieza del local ubicado en la planta baja del edificio sito en la Av. 18 de Julio Nº 1336;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) se intimó a los propietarios de la unidad 001, padrón 9101, sito en la Av. 18 de Julio Nº 1336, Sra. Mariana Drapper de Santiago, CI 3.103.999-7, Sr. Ignacio Drapper de Santiago, CI 3.729.079-5, Sr. Diego Drapper de Santiago, CI 4.003.779-2, domiciliados a efectos legales en la calle Chucarro Nº 1030 y el Sr. Juan Pablo Drapper, CI 1.693.677-6, con domicilio a efectos legales en la calle Lugano Nº 3586, a la limpieza del local de obrados, b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de UR 1, por infracción al Decreto 21626, Sección III, Art.4, Apartado b, Inciso 19;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 1.00 (Unidades Reajustables una con cero centésimos) a la Sra. Mariana Drapper de Santiago, CI 3.103.999-7, Sr. Ignacio Drapper de Santiago, CI 3.729.079-5, Sr. Diego Drapper de Santiago, CI 4.003.779-2, domiciliados a efectos legales en la calle Chucarro Nº 1030 y el Sr. Juan Pablo Drapper, CI 1.693.677-6, con domicilio a efectos legales en la calle Lugano Nº 3586, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal