Resolución N° 197/22/0112
Nro de Expediente:
2021-3220-98-000189
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
1/7/2022


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la propietaria del inmueble sito en la calle Piedras Nº 116 Unidad 202, Padrón 2483/202, Sra. NERY RIVERO, C.I. 1.133.435-1

Montevideo, 1 de Julio de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Piedras Nº 116 Unidad 102;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 15/06/2021 se realizó inspección en la calle Piedras Nº 116 Unidad 102, constatando en el baño, dos manchas de humedad y se intimó a la propietaria del inmueble sito en la calle Piedras Nº 116 Unidad 202, Padrón 2483/202, Sra. NERY RIVERO, C.I. 1.133.435-1, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 04/01/2022 se realizó nueva inspección en la calle Lima Piedras Nº 116 Unidad 102, constatando lo informado en inspección anterior, notificando nuevamente a la propietaria del inmueble sito en la calle Piedras Nº 116 Unidad 202;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la propietaria del inmueble sito en la calle Piedras Nº 116 Unidad 202, Padrón 2483/202, Sra. NERY RIVERO, C.I. 1.133.435-1, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal