Resolución N° 397/18/0112 | Nro de Expediente:
2016-3220-98-000773 |
MUNICIPIO B - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
29/10/2018 |
Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION
Resumen:
Dejar sin efecto la autorización de colocación de mesas y sillas otorgada por Resolución No. 801/16/0112, de fecha 1º de diciembre, al establecimiento empresa razón social CARLOS OLIVERA Y CECILIA BREA, RUT 217797920010, sita en la calle Piedras Nº 214.
Montevideo, 29 de Octubre de 2018.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización para la instalación de mesas y sillas en la acera sin entarimado;
RESULTANDO: 1o.) que la empresa razón social CARLOS OLIVERA PIRIZ Y CECILIA BREA DELGADO, CI 4.457.447-3 y CI 3.238.279-7 respectivamente, R.U.T. 217.797.920.010, propietaria del establecimiento comercial destinado a gastronomía, que funciona en el local sito en la calle Piedras No. 214, fue autorizada a instalar mesas y sillas en acera sin entarimado, por Resolución No. 801/16/0112, de fecha 1º de diciembre de 2016, b) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa, que la empresa de referencia presentó nota solicitando la baja del permiso de mesas y sillas, manteniendo deuda por concepto de entarimado gastronómico al momento del cierre de la autorización, por lo cual se solicita dejar sin efecto la autorización de referencia al 01/08/2018, no autorizando la devolución del depósito de garantía, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84
2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL B
RESUELVE:
1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en la acera, otorgada por Resolución No. 801/16/0112, de fecha 1º de diciembre de 2016, a la empresa razón social CARLOS OLIVERA PIRIZ Y CECILIA BREA DELGADO, CI 4.457.447-3 y CI 3.238.279-7 respectivamente, R.U.T. 217.797.920.010, sita en la calle Piedras No. 214, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- No liberar el depósito en garantía de fiel cumplimiento de la obligaciones realizado por la empresa.-
3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
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Carlos Varela,Alcalde.-
Eduardo Ulloa,Concejal Municipal |  |
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