Resolución N° 173/25/0112
Nro de Expediente:
2024-3230-98-000948
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/5/2025


Tema:
AUTORIZACION MESAS Y SILLAS

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas con entarimado en la calzada, otorgada por Resolución Nº 452/24/0112, de fecha 7 de octubre de 2024 y autorizar con carácter precario y revocable, a la firma HOUSEMARKET SAS, RUT 219 498 720 016, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 5.20 metros cuadrados, frente al local de la calle Dr. Mario Cassinoni Nº 1437

Montevideo, 27 de Mayo de 2025.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la vía pública;
    RESULTANDO: 1º) que la empresa razón social HOUSEMARKET SAS, propietaria del establecimiento comercial destinado a gastronomía, que funciona en el local sito en la calle Dr. Mario Cassinoni Nº 1437, con igual domicilio a los efectos legales, fue autorizada a instalar mesas y sillas en la calzada con entarimado, por Resolución Nº 452/24/0112, de fecha 7 de octubre de 2024;
    2º) que según informa el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, con fecha 27/03/2025 la empresa antes mencionada solicitó la baja de dicho permiso y con fecha 06/05/2025 presentó nueva solicitud para que se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 5.20 metros cuadrados;
    3º) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a:
    a) la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2;
    b) al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente, pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de no respetar la normativa;
    CONSIDERANDO: 1º) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
    2º) que la suma relacionada en el Resultando 2º) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera sin entarimado se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado;
    3º) que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
    4º) que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
    5º) que los Gobiernos Municipales se encuentran provistos de competencia para decidir solicitudes como la de autos, de acuerdo con la Ley Nº 18.567 y los Decretos Departamentales Nos. 33.209 y 33.322 y, especialmente, el num. 1º, ap. VIII, de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas con entarimado en la calzada, otorgada por Resolución Nº 452/24/0112, de fecha 7 de octubre de 2024, a la empresa razón social HOUSEMARKET SAS, RUT 219 498 720 016, sita en la calle Dr. Mario Cassinoni Nº 1437 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Autorizar con carácter precario y revocable, a la firma HOUSEMARKET SAS, RUT 219 498 720 016, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 5.20 metros cuadrados, frente al local de la calle Dr. Mario Cassinoni Nº 1437, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado: a) a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 2; y al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente, pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de no respetar la normativa.-
    3.-Fijar en la suma de U.R. 2.60 (Unidades Reajustables dos con sesenta centésimos), el importe a pagar por concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.-
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación a la interesada y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal