Resolución N° 429/22/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-001582
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/11/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8.00 (Unidades Reajustables ocho con cero centésimos) a la empresa MIPOLTAN S.A., RUT 217 224 430 014

Montevideo, 10 de Noviembre de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la marquesina ubicada en la calle Eduardo Víctor Haedo Nº 2100;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) se realizó inspección en la calle Eduardo Víctor Haedo Nº 2100, Padrón Nº 21128, constatando un toldo sin autorización;
    b) con fechas 27/11/2021, 07/12/2021 y 04/07/2022 se intimó a la empresa MIPOLTAN S.A., RUT 217 224 430 014, en calidad de responsable de la marquesina de la calle Eduardo Víctor Haedo Nº 2100, al retiro del toldo otorgando un plazo de 5 días hábiles luego de su notificación, bajo apercibimiento de una multa de U.R. 8.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso 16, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 8.00 (Unidades Reajustables ocho con cero centésimos) a la empresa MIPOLTAN S.A., RUT 217 224 430 014, en calidad de responsable de la marquesina de la calle Eduardo Víctor Haedo Nº 2100, con domicilio a efectos legales en Eduardo Víctor Haedo Nº 2096, Rafael Pastoriza Nº 1416 y Rocha s/n esq. Laureles M.14 S.11, Ciudad de la Costa (Depto. de Canelones), por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal