Resolución N° 359/18/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-002513 3230-004822-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2018


Tema:
AUTORIZACION MESAS Y SILLAS

Resumen:
Dejar sin efecto la resolución Nº 297/18/0112 de fecha 10/07/18 por la cual se dejaba sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas otorgada a la empresa Viejo Blanes Ltda. y autorizar nuevamente la ocupación del espacio público.

Montevideo, 11 de Setiembre de 2018.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del local destinado a gastronomía, sito en Avenida Gonzalo Ramírez No. 2000;
      RESULTANDO: 1o) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) la empresa razón social VIEJO BLANES LTDA., RUT 216017680017, presentaba atraso en el pago de la mensualidad por concepto de entarimado gastronómico; b) que por Resolución Nº 297/18/0112 de fecha 10 de julio de 2018, se resolvió dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas con entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 33/13/0112 de fecha 24 de enero de 2013; c) que la mencionada empresa presentó la firma de un convenio por la deuda generada ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2; d) que la Dirección del Servicio considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la Resolución Nº 297/18/0112 , según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y se autorice la ocupación del espacio público con mesas y sillas;
      2o.) Que la firma VIEJO BLANES LTDA., R.U.T. 216017680017, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de Avenida Gonzalo Ramírez No. 2000, solicita se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera con entarimado, ocupando 32.10 metros cuadrados;
      3o.) Que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 24.075 (Unidades Reajustables veinticuatro con setenta y cinco milésimas);
      4o.) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3; y b) al cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto No. 35.899 de la Junta Departamental de Montevideo, la Resolución No. 1758/16 de la Intendencia de Montevideo y los horarios de uso definidos en la medida cautelar dispuesta en la "zona saturada", de lunes a jueves hasta la 1:00 A.M. y viernes a domingos hasta las 3:00 A.M., pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de la sanción de nueva normativa;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
      2o.) que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado;
      3o.) Que la suma relacionada en el Resultando 2) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera con entarimados, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.75 por metro cuadrado;
      4o.) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
      5o.) Que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
      6o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la Resolución No. 297/18/0112, de fecha 10 de julio de 2018, por la cual se dejaba sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas con entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 33/13/0112 de fecha 24 de enero de 2013, a la empresa VIEJO BLANES LTDA., RUT 216017680017, sita en Avenida Gonzalo Ramírez No. 2000, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Autorizar con carácter precario y revocable a la firma VIEJO BLANES LTDA., RUT 216017680017, a instalar mesas y sillas en la acera con entarimado, ocupando 32.10 metros cuadrados, frente al local de Avenida Gonzalo Ramírez Nº 2000, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3.-
      3.- Fijar en la suma de U.R. 24.075 (Unidades Reajustables veinticuatro con setenta y cinco milésimas), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.-
      4.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal