Resolución N° 203/17/0118
Nro de Expediente:
2016-3350-98-000755
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/11/2017


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIONES MUNICIPALES

Resumen:
Multa por falta de habilitaciones Municipales y de la DNB Taller Mecánico Gabito 911

Montevideo, 8 de Noviembre de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local cuyo rubro es Taller Mecánico sito en Gabito Nº 911, perteneciente al Sr. Fabián Hernández, C.I.: 3.370742-9 , con igual domicilio a los efectos legales;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, informa que el local carece de Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;
      2º) que se notificó se aplicaría una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de Habilitaciones Municipales y una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos según Dec. 21626 ;
      3º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de Habilitaciones Municipales, una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos según Dec. 21626, al Sr. Fabián Hernández C.I.: 3.370742-9, propietario del Taller Mecánico sito en Gabito Nº 911 con igual domicilio a los efectos legales-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Cívico Metropolitano, Sector Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva,Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal