Resolución N° 156/16/0118
Nro de Expediente:
2016-1131-98-000018
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/9/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACION BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.4 (Unidades Reajustables cuatro) y otra de U.R.5 (unidades reajustables cinco) por carecer de las Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos, en el comercio ubicado en Máximo Santos 4488 pertenecientea la Sra. Adriana Muñiz C.I.: 4.114.464-9 con igual domicilio a los efectos legales .-

Montevideo, 21 de Setiembre de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el comercio kiosco-almacén , ubicado en la calle Máximo Santos 4488 perteneciente a la Sra. Adriana Muñiz C.I.: 4.114.464-9, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º) que el cuerpo Inspectivo del Municipio G intimó según formulario G-CH Nº 0604 del 22/04/ 2015, la presentación de las Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;
      2º) que ante el incumplimiento a lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.4 (Unidades Reajustables cuatro) y otra de U.R.5 (unidades reajustables cinco), por carecer de Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º) las competencias asignadas por las Resolució Nº 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.4 (Unidades Reajustables cuatro) y una de U.R.5 (unidades reajustables cinco) por carecer de las Habilitaciones Municipales y de la Dirección Nacional de Bomberos, al comercio ubicado en Máximo Santos 4488 perteneciente a la Sra. Adriana Muñiz C.I.: 4.114.464-9 con igual domicilio a los efectos legales.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho de este Municipio, a efectos de realizar la notificación correspondiente y al Sector Inspección General del Municipio G para su posterior control.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL