Resolución N° 82/16/0118 | Nro de Expediente:
3340-009027-14 |
MUNICIPIO G - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
10/6/2016 |
Tema:
CONVENIOS
Resumen:
Aprobar siguiente texto de Convenio de Custodia:
Montevideo, 10 de Junio de 2016.- |
COMODATO : En Montevideo a los días de
de dos mil dieciséis . POR UNA PARTE , el Municipio G, representado
por el Alcalde, Sr. Gastón Silva C.I. 1.361.913-7 con domicilio en esta ciudad en Camino
Castro 730 y POR OTRA PARTE , Asociación Civil Agrupación Tradicionalista
Troperos de la Tablada, representada por: Presidente Miguel Ángel Olivera C.I.
2.961106-0, Secretario Hugo Alcides Maneiro C.I. 3.0180061-8 domiciliada en el
predio ubicado entre Pinta, Tacuati y Cno. Melilla, convienen en celebrar lo
siguiente : PRIMERO : ANTECEDENTES : 1) La “Agrupación Tradicionalista
Troperos de la Tablada “ solicita en Expediente 0018-002530-16 se les pueda dar en
comodato “ el predio inmueble existente entre las calles Pinta y Tacuati orillando
Camino Melilla y Julio Verne ( antiguo “ Camino de los Troperos “ que en la
actualidad ocupa la Empresa Constructora “ Sacem “ de manera que una vez que
dicha empresa termine sus trabajos dejará libre dicho predio pasando a ser el
mencionado predio e instalaciones la sede de su institución. SEGUNDO : OBJETO :
El Municipio G y “ Agrupación Tradicionalista Troperos de la Tablada “ acuerdan
que la Intendencia de Montevideo concede en comodato las instalaciones ubicadas en
el predio inmueble existente entre las calles Pinta y Tacuati orillando Camino Melilla
y Julio Verne ( antiguo “ Camino de los Troperos “ . TERCERO: CONDICIONES :
Dicho comodato esta sujeto a las siguientes condiciones : a ) el bien deberá ser
destinado exclusivamente a las actividades propias de dicha Agrupación pudiendo ser
punto de reunión de los asociados y de la comunidad pudiendo usarla el socio para
reuniones familiares . b) La "Agrupación Tradicionalista Troperos de la Tablada “ se
obliga a cuidar el estado físico del inmueble y a conservar su naturaleza así como a
devolverlo en el mismo estado y condiciones al termino del plazo convenido ,
debiendo mantener , cuidar y embellecer el lugar , plantando árboles y plantas de
jardín . Así como mantener limpio todo el predio, la esquina que queda del espacio
libre y las instalaciones. c) la Intendencia de Montevideo, podrá solicitar el espacio
libre para guardar materiales y vehículos. d) Las mejoras que se practiquen en la
propiedad quedaran a beneficio exclusivo de ella , no pudiendo la
“ Agrupación Tradicionalista Troperos de la Tablada “ efectuar
reclamo alguno por este concepto; uno de los salones quedará a disposición del
Municipio G. e) este contrato no generará ningún costo para el Municipio G
ni para la Intendencia de Montevideo y se entenderá precario , conforme al
Articulo 2237 del Código Civil pudiéndose reclamar su devolución en el
momento en que se estime oportuno . CUARTO : PLAZO: El presente contrato
tendrá una vigencia de 5 años, para su evaluación. QUINTO : INCUMPLIMIENTO:
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en el presente
instrumento dará lugar a la revocación del comodato y a la devolución inmediata del
inmueble a la Intendencia de Montevideo, en las mismas condiciones en que fue
entregado , a cuyos efectos se firma conjuntamente un inventario . SEXTO : Este
contrato se regirá en lo no previsto en este instrumento y en cuanto fuere aplicable ,
por los artículos 2216 a 2238 del Código Civil . Para constancia y como prueba de
conformidad las partes firman tres ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha arriba
indicados .
2.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a la Comisión Mixta, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12 y pase a la Unidad de Comodatos para la firma del Convenio. Cumplido archívese. |
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Gaston Silva,ALCALDE.-
Wilson Dutra,CONCEJAL | |
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