Resolución N° 47/19/0118
Nro de Expediente:
2018-1812-98-000036
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/3/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
- Aplicar una multa de U.R.6 (Unidades Reajustables seis) por falta de Habilitaciones Municipales, otra de U.R.10 (Unidades Reajustables diez) por Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y una de U.R.20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios al Taller de Carrocería JANBLOZUL LTDA R.U.T. Nº 213959930013,sito en Cno. del Fortin Nº 6731.-

Montevideo, 27 de Marzo de 2019.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Taller de Carrocería JANBLOZUL LTDA R.U.T Nº 213959930013,sito en Cno. del Fortin Nº 6731 en el cual se constataron la falta de Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, de Habilitaciones Municipales y la falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios ;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, intimó a la presentación de las mencionadas habilitaciones;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;
      3º) que se notificó se le aplicaría una multa de U.R.6 (Unidades Reajustables seis) por falta de Habilitaciones Municipales, otra de U.R.10 (Unidades Reajustables diez) por Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y una de U.R.20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios.;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;

      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15 del 8/7/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.6 (Unidades Reajustables seis) por falta de Habilitaciones Municipales, otra de U.R.10 (Unidades Reajustables diez) por Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y una de U.R.20 (Unidades Reajustables veinte) por falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios al Taller de Carrocería JANBLOZUL LTDA R.U.T. Nº 213959930013,sito en Cno. del Fortin Nº 6731.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes, Sector Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio para realizar la notificación correspondiente, y al Sector Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva, Alcalde.-

Bolivar Dutra,Concejal