Resolución N° 134/14/0118
Nro de Expediente:
3340-011274-13
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/9/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco) Art. 4 Lral. 3 Nral. 31 del Decreto 21626, por foco insalubre y otra de UR. 4 (unidades reajustables cuatro) Vol. XV Art D 3195, por carecer de cerco, a los propietarios del padrón 425509, ubicado en Cno Melilla 7002, a nombre del Sr. Fernando Notaro Fraga C.I. 1697111, Sr. Juan Notaro Fraga C.I. 1279021 y la Sra. Livia Margarita de Fraga C.I. 642958-9 con domicilio a los efectos legales en Solano García 2430 apto. 702.

Montevideo, 24 de Setiembre de 2014.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el predio ubicado en Cno. Melilla 7002, padrón Nª 425509, propiedad del Sr. Fernando Notaro Fraga C.I. 1697111, Sr. Juan Notaro Fraga C.I. 1279021 y la Sra. Livia Margarita de Fraga C.I. 642958-9 con domicilio a los efectos legales en Solano García 2430 apto 205;
      RESULTANDO: 1ª) que el sector Inspectivo del Municipio G, intimo al cercado del predio y a la limpieza del mismo, comprobándose el incumplimiento;
      2ª) que el sector Inspectivo del Municipio G, informa que corresponde aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco) Art. 4 Lral. 3 Nral. 31 del Decreto 21626, por foco insalubre y otra de UR. 4 (unidades reajustables cuatro) Vol. XV Art D 3195, por carecer de cerco;

      CONSIDERANDO: 1ª) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
      2ª) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE
      1.- Aplicar una multa de U.R. 25 (unidades reajustables veinticinco) Art. 4 Lral. 3 Nral. 31 del Decreto 21626, por foco insalubre y otra de UR. 4 (unidades reajustables cuatro) Vol. XV Art D 3195, por carecer de cerco, a los propietarios del padrón 425509, ubicado en Cno Melilla 7002, a nombre del Sr. Fernando Notaro Fraga C.I. 1697111, Sr. Juan Notaro Fraga C.I. 1279021 y la Sra. Livia Margarita de Fraga C.I. 642958-9 con domicilio a los efectos legales en Solano García 2430 apto. 702, .
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.- Notifiquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente, y al Centro Cívico Metropolitano, Sector Inspectivo para su control.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL