Resolución N° 83/18/0118
Nro de Expediente:
2016-3340-98-000152
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/5/2018


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa padrón 45167 sito en Juan Mac Coll 1991 y Miguel Páez Formoso 5553. Construcción en condiciones antirreglamentarias.

Montevideo, 23 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con construcciones antirreglamentarias en el padrón Nº 45.167 sito en Juan Mac Coll Nº 1991 y Miguel Páez Formoso Nº5553, perteneciente a los/las Sres/as. Duilio Amándola, C.I.: 1.147885-6 , con domicilio a los efectos legales en Buenos Aires 583 Esc.503, Rúben Amándola, C.I. 1.170455-4, con domilicio a los efectos legales en Juan Carlso Gómez Nº 1479 Esc. 401, Gustavo Amándola, C.I. Nº 1.316782-7, con domicilio a los efectos legales en Margarita Nº 5713 y Aracely Amándola , C.I. 1.027230-2, con domicilio a los efectos legales en Regidores Nº 1138;
        RESULTANDO: 1o.) que se constataron construcciones antirreglamentarias en la finca mencionada por lo que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12 intimó al responsable a adoptar las acciones necesarias para revertir esta situación bajo apercibimiento, en caso de omisión, de aplicar las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12 solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) de acuerdo a lo establecido en el D. 21626, Sección II Art. 3º, Numeral 12, inciso a;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resolución Nº. 3230/15;


        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO G
        RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (Unidades Reajustables veinte) a los/las Sres/as. Duilio Amándola, C.I.: 1.147885-6 , con domicilio a los efectos legales en Buenos Aires 583 Esc.503, Rúben Amándola, C.I. 1.170455-4, con domilicio a los efectos legales en Juan Carlso Gómez Nº 1479 Esc. 401, Gustavo Amándola, C.I. Nº 1.316782-7, con domicilio a los efectos legales en Margarita Nº 5713 y Aracely Amándola , C.I. 1.027230-2, con domicilio a los efectos legales en Regidores Nº 1138, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase a despacho de este Municipio para realizar la notificación correspondiente, y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12 para realizar los posteriores controles.
Gaston Silva, Alcalde.-

Bolívar Dutra,Concejal