Resolución N° 75/14/0118
Nro de Expediente:
3350-004736-11
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/5/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIÓN BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) y U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) en primera reincidencia, al local destinado a Herrería, con domicilio a los efectos legales en Avda. Millán No. 4395, perteneciente a Ruben Scotti Díaz, C.I. No. 1.377.152-7, cuya razón social es Ruben Scotti Díaz, Nº de R.U.T. 210651080010, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 14 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a Herrería sito en Avda. Millán No. 4395, perteneciente a Ruben Scotti Díaz, C.I. No. 1.377.152-7, cuya razón social es Ruben Scotti Díaz con Nº de R.U.T. 210651080010, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 13, se pudo comprobar que carecía de Habilitaciones Municipales y Habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos,
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE
        1. Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) y U.R. 7 (Unidades Reajustables siete) en primera reincidencia, al local destinado a Herrería, con domicilio a los efectos legales en Avda. Millàn No. 4395, perteneciente a Ruben Scotti Díaz, C.I. No. 1.377.152-7, cuya razón social es Ruben Scotti Díaz, Nº de R.U.T. 210651080010, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3. Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y al Servicio Inspección General de este Municipio para realizar los posteriores controles.-
GASTÓN SILVA,ALCALDE.-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL