Resolución N° 72/16/0118
Nro de Expediente:
3350-013880-12
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/5/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIÓN BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar una Multa de UR 4 (unidades Reajustables cuatro) por falta de habilitación Municipales y otra de UR 5( unidades Reajustables cinco) por falta de habilitaciones de Bomberos, al local destinado a cantina, ubicado en Bv. José Batlle y Ordoñez 5293, e/ Víctor Hugo y Gambetta, con igual domicilio a los efectos legales;

Montevideo, 18 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, relacionadas con el control de habilitaciones del local destinado a cantina, ubicado en Bv. José Batlle y Ordoñez 5293, e/ Víctor Hugo y Gambetta, con igual domicilio a los efectos legales;

        RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspectivo del Municipio G, realizo el control de habilitaciones correspondientes, intimando al propietario, Sr. Fernando Guerra C.I. 4.130.599-6, a realizar los tramites para cumplir con la Normativa;
        2º.) que vencidos los plazos de la intimación, se notifico al propietario que se le aplicarían las sanciones correspondientes a la falta de habilitación Municipal y de Bomberos;
        3º) que el Gobierno Municipal estima pertinente aplicar las multas de UR 4 (unidades Reajustables cuatro) por carecer de habilitaciones Municipales y UR 5 (unidades Reajustables cinco) por falta de habilitaciones de Bomberos;
        CONSIDERANDO: 1º) las competencia asignadas por Resolución Nº 3230/15 del 8/7/15;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL G
        RESUELVE:
        1.-Aplicar una Multa de UR 4 (unidades Reajustables cuatro) por falta de habilitación Municipales y otra de UR 5( unidades Reajustables cinco) al Sr. Fernando Guerra C.I. 4.130.599-6, por falta de habilitaciones de Bomberos, en el local destinado a cantina, ubicado en Bv. José Batlle y Ordoñez 5293, e/ Víctor Hugo y Gambetta, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden - al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Inspección General del Municipio G, para su control.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL