Resolución N° 643/19/0112
Nro de Expediente:
2019-3220-98-000195
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/12/2019


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) al Sr. Victor Alfredo Crespo Etchegaray, CI 1.280.340-6, en calidad de propietario del inmueble sito en la Av. Libertador Brig. Lavalleja Nº 1513, ap.1101.-

Montevideo, 19 de Diciembre de 2019.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la Av. Libertador Brig. Lavalleja Nº 1513, ap.1001;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) se intimó al Sr. Victor Alfredo Crespo Etchegaray, CI 1.280.340-6, en calidad de propietario del inmueble sito en la Av. Libertador Brig. Lavalleja Nº 1513, ap.1101, padrón 6855, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la Av. Libertador Brig. Lavalleja Nº 1513, ap.1001, b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 30.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) al Sr. Victor Alfredo Crespo Etchegaray, CI 1.280.340-6, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal