Resolución N° 501/23/0112
Nro de Expediente:
2022-0012-98-000469
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/12/2023


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Renovar por un período de 1 (un) año el convenio con la Universidad de la República - Facultad de Psicología, aprobado por resolución Nº 446/22/0112 de fecha 12 de Diciembre de 2022.-

Montevideo, 27 de Diciembre de 2023.-
 
    VISTO: con la renovación del Convenio suscrito entre este Municipio y la Universidad de la República - Facultad de Psicología;
    RESULTANDO: 1º) que se logró mantener durante el año, particularmente en vacaciones, el cupo previsto para 10 niños/as del Municipio B;
    2º) que la referente del Convenio desde la Facultad de Psicología, Fernanda Silva, se mostró en todo momento abierta a las recomendaciones y sugerencias de las referentes del Municipio B;
    3º) que por este motivo, se realiza la ampliación del convenio para el 2024 contemplando 15 niños/as del Municipio B;
    4º) que en informe técnico que luce en actuación 22, surge que la evaluación ha sido favorable;
    5º) que para la erogación correspondiente a la renovación se realizó el pedido Fi N° 141665;
    6º) que se elaboró el siguiente texto: RENOVACIÓN DE CONVENIO.- "En la ciudad de Montevideo, el ..... de 2024, comparecen: POR UNA PARTE: MUNICIPIO B, RUT 211 763 350 018, con domicilio en Joaquín Requena Nº 1701 de Montevideo, representado en este acto por la Arquitecta Silvana Pissano, C.I. 1.539.242-4 en su calidad de Alcaldesa (en adelante el Municipio) y POR OTRA PARTE: la Universidad de la República - Facultad de Psicología, RUT 214 471 920 013, con domicilio en la Av. 18 de Julio Nº 1854 de Montevideo, representada en este acto por ...., C.I. …, en su calidad de ......, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO - ANTECEDENTES. Por Resolución del 23 de octubre del año 2000, la UDELAR y la I.D.M celebraron un convenio marco con el fin de aunar esfuerzos y relaciones de cooperación en áreas de interés común, quedando establecida la posibilidad de suscribir acuerdos complementarios entre la I.D.M y los distintos servicios universitarios. A partir de ello, se han celebrado múltiples acuerdos específicos entre la I.D.M y las diferentes Facultades y servicios de extensión pertenecientes a la UDELAR. Del mismo modo, desde su existencia , los Municipios de Montevideo se han sumado a la cooperación mediante convenios con la UDELAR y sus Facultades. Particularmente el Municipio tiene en curso actualmente convenios suscritos con Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (FADU) y con Facultad de Psicología los cuales han contribuido al desarrollo de los lineamientos del Plan de Desarrollo Municipal del Municipio B. Específicamente con la Facultad de Psicología este año se celebró un convenio para el establecimiento de un Servicio Especializado en atención psicológica a personas víctimas de discriminación racial (SEADiRa). Asimismo, desde el 2021 se ha realizado un acuerdo de trabajo en el marco del proyecto “Ganando la calle para nuestros niños y niñas” de Facultad de Psicología, en jardines de infantes públicos emplazados en el Municipio B. Por otro lado, el Municipio B establece, en el mencionado Plan de Desarrollo 2020-2025, en su componente “Derecho a la Ciudad”, la construcción e implementación de un Plan de Cuidados Municipal “ conjuntamente con los colectivos feministas, redes de cuidados, de personas mayores, de infancia y adolescencia, revalorizando la reproducción de la vida, la eco-dependencia y la corresponsabilidad como elementos centrales en el derecho a la ciudad”. En este sentido, una de las acciones previstas refiere a la promoción y creación de espacios y actividades que favorezcan y promuevan la corresponsabilidad de los cuidados, marco en el que se inscribe el presente convenio. De acuerdo a este lineamiento, se ha propiciado como una de las acciones inherentes al Plan de Cuidados la generación de cupos de cuidados que permitan aliviar las cargas vinculadas a los mismos y que recaen sobre las mujeres dentro de las familias, así como favorecer la continuidad de la trayectoria educativa de alumnas y alumnos que cursan nivel secundario y formación técnica. Se busca así favorecer procesos de mayor autonomía para estas mujeres y, a la vez, colocar el tema de los cuidados como un asunto público cuya respuesta debe involucrar al Estado y a la comunidad, -con responsabilidades y competencias diferentes-, y no recaer exclusivamente sobre las mujeres en el ámbito familiar. Por su parte la Facultad de Psicología, con fecha 31 de octubre de 2022 ha firmado un Convenio Específico con el Municio B, para la creación de un Servicio especializado en atención psicológica a personas víctimas de discriminación racial (SEADiRa) derivadas por el Municipio B y que funcionará en el Edificio Anexo de la Facultad de Psicología. Existe un convenio previo firmado entre el Municipio B y la Facultad de Psicología, con fecha 29/12/2022, que establece la generación cupos de cuidado y que cuenta con una evaluación positiva por parte de las integrantes de la comisión de seguimiento.al cabo de un año de implementado. SEGUNDO - OBJETO. dar continuidad a la implementación de cupos de cuidados para familias residentes en el Municipio B en el Espacio de Cuidado y Recreación de la Facultad de Psicología. TERCERO - COMPROMISOS. Para el cumplimiento del presente, El Municipio B se compromete a: a) Seleccionar a los/as niños/as que ocuparán los cupos de cuidados teniendo en cuenta las condiciones y los requerimientos de funcionamiento, disponibilidad de los referentes en caso de solicitarles concurrir al Espacio en menos de 7 minutos, edad de los/as niños/as, conformidad con el acuerdo de corresponsabilidad establecido por la Facultad de Psicología. b) Transferir a la Facultad de Psicología un monto anual de $588.000 (pesos uruguayos quinientos ochenta y ocho mil ) destinados a cubrir los honorarios técnicos/as correspondientes a la atención de hasta 15 niños/as de entre 3 y 12 años, durante 6 horas por día en el período comprendido en las vacaciones escolares de febrero, julio y setiembre 2024. Dicha partida se reajustará anualmente y en enero, de acuerdo a la variación correspondiente al ajuste salarial que reciban los funcionarios docentes de la Universidad de la República. Adicionalmente, se acuerda una transferencia anual de $6.000 (pesos uruguayos cinco mil) por concepto de gastos vinculados al funcionamiento, particularmente para hacer posible la compra de insumos alimenticios y la preparación de los almuerzos. c) Integrar la comisión de seguimiento estipulada en el numeral 3 del presente conjuntamente con un/a integrante designado por Facultad de Psicología y un/a integrante designado por el Rectorado de la Universidad de la República. La Facultad de Psicología se compromete a: a) Generar las condiciones para la integración de los niños/as derivados por el Municipio B. b) Brindar la infraestructura y materiales necesarios para brindar los servicios de recreación y cuidados a los niños/as derivados/as por el Municipio B, del mismo modo que se brinda a los/as demás niño/as del Espacio de Cuidados y Recreación de la Facultad en el marco de la práctica interdisciplinaria Intervenciones Lúdico Recreativas desarrollada por estudiantes de graduación bajo la supervisión del equipo docente de EFI (Espacio de Formación Integral) Intervenciones psico socioeducativas promotoras de derechos de infancia. El espacio funciona en las vacaciones escolares (febrero, julio y setiembre) en el horario de 10 a 16hs. La atención la brinda un equipo de docentes y estudiantes universitarios desde una propuesta de intervención lúdico-recreativa promotora de los derechos de infancia. c) Realizar un reporte periódico luego de las vacaciones de febrero, julio y setiembre (con tipo y frecuencia a acordar entre las partes) de los cupos que han sido derivados por el Municipio B y que han concurrido al espacio de cuidados de la Facultad del Municipio. d) Integrar la comisión de seguimiento estipulada en el numeral 3 del presente conjuntamente con un/a integrante designado por el Municipio B y un/a integrante designado por Rectorado de la Universidad de la República. CUARTO -COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. estará integrada por un/a representante del Municipio B, un/a representante de de la Facultad de Psicología y un/a representante de Rectorado de la Universidad de la República. Esta comisión estará encargada de realizar el seguimiento, coordinar y evaluar la marcha del presente convenio, así realizar las sugerencias que se consideren pertinentes para su adecuado funcionamiento, debiendo informar a las partes signatarias al menos con una periodicidad semestral. QUINTO - FORMA DE PAGO. El Municipio B transferirá el monto acordado en dos partidas, una a la firma del convenio y otra luego de pasados seis meses del funcionamiento de la propuesta. SEXTO - PLAZO. El presente convenio tendrá una vigencia de doce meses (12) contados a partir de su suscripción pudiéndose prorrogar por igual período, previa evaluación favorable de las partes que suscriben el presente. SÉPTIMO - RESCISIÓN. El presente acuerdo podrá rescindirse por incumplimiento de cualquiera de las partes o por razones de fuerza mayor o por causa debidamente fundada . La parte que use de esta facultad deberá comunicarlo con una antelación no menor a cuarenta y cinco (45) días. SÉPTIMO - CONFIDENCIALIDAD. Durante la vigencia de este convenio las Partes podrán potencialmente acceder a la información confidencial sobre dichas instituciones, información personal de sus miembros, empleados, investigadores, beneficiarios, así como la información confidencial sobre cursos, proyectos, informes, o similares. En este contexto , las partes se comprometen a no divulgar, en forma total o parcial, información que expresamente se indique o clasifique como confidencial , sin la aprobación previa de la otra parte. Asimismo las partes se obligan a cumplir con la normativa vigente referente a protección de datos personales. El uso de fotos o registros de las actividades con niñas y niños será realizado con previo consentimiento de las familias. OCTAVO - INFORMES DE RENDICIÓN DE CUENTAS. Los mismos serán presentados conforme a lo establecido en el TOCAF, dando cumplimiento a la Ordenanza 77 del TCR y según se establece en el Pronunciamiento N° 20 del Colegio de Contadores Economistas y Administradores del Uruguay. NOVENO - DOMICILIOS ESPECIALES. Para todos los efectos de este convenio, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como suyos en la comparecencia. DÉCIMO - COMUNICACIONES. Cualquier notificación que deban realizar las partes, se tendrá por válidamente efectuada si se hiciere a los domicilios constituidos en este documento, por medio de carta con aviso de entrega, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DÉCIMO PRIMERO - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las partes acuerdan que en caso de desavenencias, las mismas se resolverán mediante la negociación directa. Una vez agotada esta vía, se recurrirá a la Justicia competente. Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite;
    CONSIDERANDO: 1º) que el contrato se ortorgaría en el marco del art. 16 apartado IV y artículo 24 apartado IX, del Decreto JDM Nº 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1º lit. XIV, del Decreto JDM Nº 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada.
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 502 de fecha 13 de Diciembre de 2023 por unanimidad de integrantes (4 en 4), incluido el voto de la Alcaldesa, la aprobación de la presente renovación de convenio;
    3º) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Renovar por un período de 1 (un) año el convenio con la Universidad de la República - Facultad de Psicología, aprobado por resolución Nº 446/22/0112 de fecha 12 de Diciembre de 2022.-
    2.-Establecer que la erogación de $ 588.000,00 (pesos uruguayos quinientos ochenta y ocho mil con cero centésimos) será atendida con cargo al pedido Fi N° 141665.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal

Jorge Cossani,Concejal Municipal