Resolución N° 718/11/0112
Nro de Expediente:
3230-005941-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/10/2011


Tema:
AUTORIZAR USO DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar el uso de la Peatonal Frugoni para la realización de un evento de la Comisión de Participación del Consejo de Educación Secundaria el día 1o. de noviembre de 2011

Montevideo, 20 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la solicitud realizada por la Comisión de Participación del Consejo de Educación Secundaria, por nota de fecha 14 de octubre de 2011;
        RESULTANDO: 1o) que se solicita se autorice el uso de la Peatonal Frugoni con el fin de realizar una actividad que consistirá en la selección de ocho proyectos de participación juvenil de más de veinte preseleccionados en diversos departamentos de toda la República, el día 1o. de noviembre de 2011;
        2o.) que los seleccionados serán premiados por UNICEF quien apoya el proyecto desde sus inicios;
        3o.) que el Concejo Municipal- Municipio B expresa su conformidad;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1. Autorizar el uso del espacio público de la Peatonal Frugoni el día 1o. de noviembre de 2011 por la Comisión de Participación del Consejo de Educación Secundaria.
        2. La Comisión solicitante deberá: A) cumplir: a)con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervienen en la actividad, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) con la normativa ambiental vigente, con tener un plan de residuos que abarque la actividad, con no afectar los pavimentos, elementos vegetales y otros equipamientos de la zona. B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de higiene y mantenimiento b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar quedando el Municipio exonerado de toda responsabilidad;
        3. Comuníquese a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 1, Centro Comunal Zonal No. 2 y Central de Inspección General y notifíquese por Secretaría a los interesados.
Carlos Varela,Alcalde .-

Federico Davérède,Concejal Municipal