Resolución N° 523/24/0112
Nro de Expediente:
2024-3220-98-000351
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/11/2024


Tema:
DEMOLICION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos) a La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, RUT 218 740 830 010, en calidad de propietaria del predio ubicado en Gral. Rondeau Nº 1417, padrón Nº 426230

Montevideo, 15 de Noviembre de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el predio ubicado en Gral. Rondeau Nº 1417, padrón Nº 426230;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 16/09/2024 se realizó inspección en el predio antes mencionado, constatando un sector de muro medianero con mampuestos a la vista, sin tratamiento impermeabilizante , en sector intervenido por la demolición, por lo que se intimó al propietario a levantar las observaciones señaladas;
    b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 10.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso A, Numeral 12, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos) a La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, RUT 218 740 830 010, en calidad de propietaria del predio ubicado en Gral. Rondeau Nº 1417, padrón Nº 426230, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar a la infractora, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal