Resolución N° 82/26/0112
Nro de Expediente:
2024-0012-98-000357
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/5/2026


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Renovar por un período de 1 (un) año el Convenio con Universidad de la República - Facultad de Psicología, RUT 214 471 920 013, aprobado por Resolución Nº 551/24/0112 de fecha 13 de diciembre de 2024

Montevideo, 8 de Mayo de 2026.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la renovación del Convenio con la Universidad de la República - Facultad de Psicología, RUT 214 471 920 013, suscripto por Resolución Nº 551/24/0112 de fecha 13 de diciembre de 2024;

    RESULTANDO: 1º) que en la cláusula PLAZO del Convenio antes mencionado, se estableció que el mismo tendría una vigencia de 12 meses contados a partir de su suscripción pudiéndose prorrogar por dos veces por igual período, previa evaluación favorable de las partes que lo suscribieron;
    2º) que en informes técnicos lucen en la actuación 70, surge que la evaluación ha sido favorable;
    3º) que se elaboró el siguiente texto: RENOVACIÓN DE CONVENIO.-En la ciudad de Montevideo, a los XX días del mes de mayo de 2026, POR UNA PARTE: El Municipio B, RUT 211 763 350 018, (en adelante el Municipio), con domicilio en la calle Eduardo Víctor Haedo Nº 2141, representado por su Alcaldesa Lic. Patricia Soria, C.I. 4.719.389-0, POR OTRA PARTE: la Universidad de la República - Facultad de Psicología, RUT 214 471 920 013, con domicilio en Av. 18 de Julio Nº 1968, representada en este acto por su Rector Dr. Héctor Cancela, C.I. 1.539.915-9, quienes acuerdan en suscribir el siguiente: ANTECEDENTES. El Municipio B según la Ley de Descentralización No 19.272 del 18 de setiembre de 2014, tiene en materia departamental, local y de participación ciudadana, los siguientes cometidos: 1. Preservar la unidad territorial y política; 2. Acercar la gestión del Estado a todos los habitantes; 3. La transferencia de atribuciones poderes y recursos a los Municipios en el proceso de descentralización; 4. Participación ciudadana; 5. Elección y representación proporcional; 6. Cooperación entre los Municipios. A su vez, Municipio B tiene dentro de sus principios rectores el antirracismo, lo que establece poder llevar adelante políticas de combate al Racismo y la promoción de la Igualdad Racial. A partir de esto impulsa políticas públicas locales, desde un enfoque interseccional, transversalizando el conjunto de programas y acciones que lleva adelante. Todas sus políticas están enmarcadas en la Declaración de DDHH y el orden jurídico internacional vigente,Convenciones (Convención contra el Racismo. 1965), Conferencias, (III Conferencia Mundial contra el Racismo y todas las formas conexas de Intolerancia, Durban-Sudáfrica (2001), Protocolos y Consensos (Consenso de Montevideo 2013), leyes nacionales (Ley 17817 contra toda forma de Discriminación Racial (Ley 19122 de Acciones Afirmativas para personas afrodescendientes), entre otros instrumentos internacionales vinculantes y leyes nacionales que Uruguay, en tanto Estado parte, ha firmado y ratificado. Las políticas llevadas adelante por el Municipio B en la gestión (2020-2025) se enmarcaron en el Plan de Desarrollo Municipal (2020-2025 ), que involucró a los equipos técnicos del Municipio y al “Equipo de Igualdad” que, en tanto organismo de carácter colectivo, cuenta con una amplia participación de funcionariado, concejales vecinales y ciudadanos en general. En este espacio se llevaron adelante y ahora se da continuidad a acciones que permiten garantizar el ejercicio efectivo del Derecho a la ciudad, desde una perspectiva de igualdad de Oportunidades, feminista y con enfoque de género, promoviendo espacios libres de racismo, xenofobia y todo tipo de discriminación que menoscabe el ejercicio efectivo de los Derechos Humanos Universales. En particular, el presente convenio se enmarcó en el Plan de Desarrollo 2020 al 2025, Componente 3 de Patrimonio Vivo, en el punto 3.5 Barrios Libres de violencia, en el punto 47 que establece “Articulación con instituciones de la sociedad civil, y la Academia con el fin de brindar atención a personas afectadas por el racismo, la xenofobia y otras formas de discriminación”. Teniendo en cuenta que el Convenio venció el 9 de abril de 2026, es necesario efectuar su renovación.- SEGUNDO.-El Municipio y la Universidad de la República - Facultad de Psicología acuerdan renovar el Convenio de referencia, por el período comprendido entre el 10 de abril de 2026 y el 9 de abril de 2027, en las mismas condiciones que fuera acordado el Convenio original. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
    4º) que la erogación de que se trata será atendida con cargo a la solicitud de pedido FI Nº 188933;

    CONSIDERANDO: 1º) que el contrato se otorgaría en el marco del artículo 16 apartado IV y artículo 24, numeral IX, del Decreto JDM Nº 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1º lit. XIV, del Decreto JDM Nº 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 560 de fecha 22 de abril de 2026 por unanimidad de integrantes (5 en 5), incluído el voto de la Alcaldesa, la aprobación de la presente renovación por 12 (doce) meses de plazo el Convenio;
    3º) que se entiende pertinente proveer de conformidad;

    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Renovar por un período de 1 (un) año el Convenio entre el Municipio B y la Universidad de la República - Facultad de Psicología, RUT 214 471 920 013, aprobado por Resolución Nº 551/24/0112 de fecha 13 de diciembre de 2024.-
    2.-Establecer que la erogación de $ 772.566,00 (pesos uruguayos setecientos setenta y dos mil quinientos sesenta y seis con cero centésimos) será atendida con cargo a la Solicitud de Pedido FI Nº 188933.-
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicio de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
Patricia Soria,Alcaldesa.-

Ismael Manzur,Concejal Municipal

Maximiliano Di Benedetto,Concejal Municipal