Resolución N° 92/18/0116
Nro de Expediente:
2017-9660-98-000028
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/5/2018


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R. y otra de 8 U.R. a Dasal Trading S.A., propietaria del predio empadronado con el Nº 417.895, sito en la intersección de las calles Capitán Duarte y Ciudad de Azul, por no mantenerlo en condiciones de higiene y por falta de cerco perimetral reglamentario.-

Montevideo, 9 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 417.895, sito en la intersección de las calles Capitán Duarte y Ciudad de Azul, propiedad de Dasal Trading S.A., RUT 212134340015;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que se encuentra en malas condiciones de higiene y no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, intimándosele a regularizar la situación;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 1 U.R. y otra de 8 U.R. respectivamente, según lo que establecen el Art. 4º, numeral 19, Sección III y el Art. 3º, numeral 6, Sección II, resepctivamente del Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que habiéndose otorgado vista de las multas a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R. (una unidad reajustable) y otra de 8 U.R. (ocho unidades reajustables) a Dasal Trading S.A., RUT 212134340015, propietaria del predio empadronado con el Nº 417.895, sito en la intersección de las calles Capitán Duarte y Ciudad de Azul, con domicilio a los efectos legales en la calle Oviedo Nº 4677.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, las que deberán ser abonadas en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL