Resolución N° 89/14/0117
Nro de Expediente:
3310-012213-12
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/5/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 10 ( UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ ) a la Empresa EVERGRIL S.R.L, RUT Nº 216672920017, propietaria del Establecimiento destinado a PIZZERÍA, sita en Cno. Carrasco Nº 4583.-

Montevideo, 28 de Mayo de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de habilitaciones del Establecimiento destinado a PIZZERÍA, sita en Cno. Carrasco Nº 4583, perteneciente a la Empresa EVERGRIL S.R.L, RUT Nº 216672920017;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 informa que:
        a) el establecimiento referido se encuentra en infracción con las normas departamentales vigentes,
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arquitecto Asesor Sr. Pedro Vasqué con fecha 9 de Abril de 2014, que luce a fojas 70 de estos obrados, solicita la aplicación de una multa de U.R 10 por infracción a lo dispuesto Artículo 14, Inc. a , Numeral 1, Sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        4o.) que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión ordinaria de fecha 28 de Mayo de 2014, la aplicación de la Multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 10 ( UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ ) a la Empresa EVERGRIL S.R.L, RUT Nº 216672920017, propietaria del Establecimiento destinado a PIZZERÍA, sita en Cno. Carrasco Nº 4583, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal