Resolución N° 60/11/0117
Nro de Expediente:
3310-011894-10
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/8/2011


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la resolución Nº 14/11/0117, por error formal en la misma.

Montevideo, 14 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: las actuaciones Nº 3310-011894-10, relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Telefonía Móvil , pertenecientes a la Empresa, Con Número de R.U.T. 211406340011; sito en Av. Belloni 3124;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 14/11/0117, dictada por este Gobierno Municipal, se procedió a la aplicación de la Multa
        2º) que el sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal 9 informa que en dicha resolución se padeció error formal, al haberse omitido el Nombre de la empresa infractora-.
        3º) que donde dice "destinado a Telefonía Móvil , pertenecientes a la Empresa, Con Número de R.U.T. 211406340011; sito en Av. Belloni 3124;" debería decir: "destinado a Telefonía Móvil , pertenecientes a la Empresa Telefónica Móvil S.A., Con Número de R.U.T. 211406340011; sito en Av. Belloni 3124;"
        CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal F entiende conveniente proveer de conformidad a lo informado;
        2º) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1º.- Dejar sin efecto la resolución Nº 14/11/0117, por error formal en la misma.
        2º.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio a los efectos del dictado de resolución de multa con las correcciones establecidas en la parte expositiva de la presente resolución.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Coimbra,Concejal del Municipio F