Resolución N° 97/20/0114
Nro de Expediente:
2017-3260-98-001132
 
MUNICIPIO CH - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/7/2020


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro) a la Firma LIMITAL S.A., R.U.T. 217737780018, responsable del saliente desmontable instalado en el establecimiento sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1394 unidad 1, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 13 de Julio de 2020.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con saliente desmontable (marquesina) en el establecimiento sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1394 unidad 1, de la cual es responsable la Firma LIMITAL S.A., R.U.T. 217737780018, con igual domicilio a los efectos legales ;
      RESULTANDO: 1o.) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, las multas aplicadas ( Resolución Nro. 76/18/0114 de fecha 02/IV/2018, Res. Nro. 224/18/0114 de fecha 10/IX/2018 y Nro. 175/19/0114 de fecha 26/VII/19) y a las intimaciones efectuadas, a la fecha no se ha dado cumplimiento a todas las observaciones realizadas;
      2o.) que correspondería la aplicación de una multa de U.R. 54 (3era. reincidencia) al titular de obrados, de acuerdo a lo establecido en Decreto 21.626, Secc XIII, Art 14; 21 y 22 , notificado con fecha 10/VI/2020;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nros. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO CH
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro) a la Firma LIMITAL S.A., R.U.T. 217737780018, responsable del saliente desmontable instalado en el establecimiento sito en la Avda. Luis Alberto de Herrera Nro. 1394 unidad 1, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
      3.-Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para la notificación al infractor y al Servicio Centro Comunal Zonal Nro. 5.
Ana María Larrañaga,Alcaldesa.-

Alvaro Maynard,Concejal